El artículo 34 de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, durante la ejecución de los contratos públicos, prevé la posibilidad de que puedan suscitarse situaciones que pueden afectar el normal desarrollo de éstos, produciéndose un desequilibrio económico, el cual generalmente constituye afectaciones económicas para las partes, quienes adoptarán en el menor tiempo posible las medidas necesarias para restablecer la igualdad o equivalencia.
Palacios, Vásquez & Asociados/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1575-2022 con fecha 22 de noviembre de 2022.