Recientes

Contratación Menor

DGCP-DF-2022-100

La Contratación Menor, se desarrolla bajo un criterio de exigir un mínimo de formalidades legales.

Órgano Judicial/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Subsanación de Documentos Responsabilidad de los Proponentes

DGCP-DF-2022-099

Es responsabilidad del proponente revisar su propuesta a fin de verificar si existe algún documento subsanable que corresponda remediar, dentro del plazo establecido en el pliego de cargos y que no se le advierta en el acta de apertura de propuesta.

Instituto Técnico Superior Especializado  /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Formulario de Propuesta Comunicado 011-2022

DGCP-DF-2022-101

La Dirección General de Contrataciones Públicas, a través del Comunicado 011-2022 publicado el día 23 de mayo de 2022 en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, instruye a las Entidades Licitantes, evitar el uso del Formulario de Propuesta o cualquier otro documento similar para establecer manualmente la propuesta económica de todo proveedor.

Caja del Seguro Social/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Pliego de Cargos

DGCP-DF-2022-098

Es potestad de la Entidad Licitante, establecer los documentos del Pliego de Cargos que podrán o no ser objeto de subsanación. 

Instituto Técnico Especializado  /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Comisión Evaluadora Valoración de propuestas (ponderación)

DGCP-DF-2022-097

Es responsabilidad exclusiva de la Comisión Evaluadora valorar las propuestas determinando si se ajusta o no a los requisitos determinados por la Entidad Licitante en el Pliego de Cargos, así como otorgar las ponderaciones que correspondan a los criterios de evaluación. Así pues, las Comisiones son responsable por sus dictámenes y decisiones, en virtud del Principio de Responsabilidad e Inhabilidades de los Servidores Públicos, al ser estos idóneos en la materia que es objeto de la contratación.

Ministerio de Obras Públicas/Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Prórroga Aprobar o Negar

El Artículo 122 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, dispone que corresponde a las entidades contratantes aprobar o negar las prórrogas que soliciten los contratistas, así como establecer el término de la prórroga, tomando en consideración la urgencia o necesidad del suministro, servicio u obras contratados.

GBM de Panamá, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-090-2021 de fecha 23 de junio de 2021/ Requisición de Convenio Marco N°2020-1-90-0-08-RC-022345.

Prórroga 

 

Multa por Retraso en la Entrega

Del artículo 133 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende la facultad de las entidades contratantes, de aplicar las multas correspondientes a los contratistas que presenten solicitudes de prórrogas, una vez haya vencido el término para la entrega del bien o servicio contratado.

GBM de Panamá, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-090-2021 de fecha 23 de junio de 2021/Requisición de Convenio Marco N°2020-1-90-0-08-RC-022345.

Multa por retraso en la entrega

 

Obligación de la Entidad

Es un deber del Estado velar por que los contratos públicos se ejecuten y así llegue a cumplirse la finalidad de la contratación estatal: satisfacer una necesidad de la población, haciendo uso óptimo de los recursos públicos, mediante un proceso eficaz y eficiente, obteniendo el mayor beneficio para el interés público.

Ministerio de Obras Públicas/ Nota N°DGCP-DJ-DS-1701-2021 de fecha 15 de diciembre de 2021/ Acto Público N°2016-0-09-0-99-LV004736.

Obligación de la Entidad Contratante

Ámbito de Aplicación de la Ley

De acuerdo al artículo 1 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, la Dirección General de Contrataciones Públicas, no es competente para pronunciarse respecto al procedimiento de la Caja del Seguro Social a través de lo establecido en la Ley 1 de 2001, sobre medicamentos y otros productos para la salud humana, y demás disposiciones legales vigentes en la materia y corresponderá a la parte interesada que se considere agraviada en el acto, ejercer los derechos, recursos o descargos que la Ley en la que se fundamentó el procedimiento le reconoce.

Medical Depot Productos Hospitalarios/ Nota N°DGCP-DJ-052-2022 de fecha 23 de marzo de 2022/ Acto Público No. 2018-1-10-0-08-LP-305747.

Ámbito de Aplicación de la Ley 

 

Modificación al Contrato

La entidad contratante podrá llevar a cabo las modificaciones al contrato que estime necesarias para garantizar la ejecución del contrato, incluyendo la forma de pago y procurar el mayor beneficio para el interés público, estando de acuerdo con el contratista respectivo y siempre respetando el debido proceso, para así sustentar sus actuaciones ante el ente fiscalizador.

Ministerio de Obras Públicas/ Nota N°DGCP-DJ-DS-1701-2021 de fecha 15 de diciembre de 2021/ Acto Público N°2016-0-09-0-99-LV004736.

Modificación de contrato