Adjudicación del acto público Contrataciones menores

De acuerdo al numeral 7 del artículo 94 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 2020, modificado por el Decreto Ejecutivo No. 34 de 2022, la entidad tenía la facultad de proceder con la respectiva adjudicación del acto público, lo cual en efecto se dio, aún cuando la citada norma en su numeral 9 señala que el plazo para realizar dicha acción no puede superar los siete días hábiles, la norma no establece un plazo mínimo para tal fin, lo cual era también otro de los puntos de su disconformidad, toda vez que la entidad adjudicó de forma inmediata el acto público.

Gabriel Elías Sitton Bernal/ Nota No. DGCP-DS-DJ-518-2024 de fecha 8 de mayo de 2024/ Acto Público No.2024-1-10-0-08-CM-528170.

Adjudicación de Contrataciones menores

Formulario de Desglose de Precios Errores Aritméticos

DGCP-DF-2024-036

Se podrá corregir el formulario de desglose de precios, por existir errores aritméticos, siempre que no se distorsione el precio total ofertado por renglón, si la adjudicación es por renglón, o el precio global, cuando la adjudicación sea global.

ÓRGANO JUDICIAL/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Muestras Físicas

DGCP-DF-2023-303

Es facultad de la Entidad Licitante solicitar las muestras físicas, tanto al proponente como al contratista, en las diversas etapas del proceso de contratación, ya sea en la etapa precontractual de selección de contratista, como en la fase posterior a la adjudicación del Acto Público, según se detalle en las Especificaciones Técnicas.

Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá./ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Adjudicación Fin de la Etapa Precontractual

DGCP-DF-2023-285

El Artículo 8 del Decreto Ejecutivo N°439 de 10 de septiembre de 2020, modificado por el Decreto Ejecutivo N°34 de 24 de agosto de 2022, estipula que “cuando la entidad licitante determine, antes de la adjudicación, que alguno de los proponentes carece de capacidad para contratar con el Estado desestimará la propuesta motivándolo en la resolución que pone fin a la etapa precontractual. En ningún caso se podrá perfeccionar el contrato si el adjudicatario carece de capacidad legal para contratar”

AUTORIDAD MARITIMA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Emisión de Informe de Comisión

DGCP-DF-2023-238

La Comisión verificará las propuestas determinando si cumplen o no a cabalidad con todos los requisitos y las exigencias del pliego de cargos, y emitirán un informe recomendando la adjudicación del acto en el caso que el proponente cumpla con todos los requisitos y las exigencias del pliego de cargos o que se declare desierto cuando no cumpla con todos los requisitos y las exigencias del pliego de cargos.

SISTEMA ESTATAL DE RADIO Y TELEVISIÓN/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Adjudicación

DGCP-DF-2023-143

La adjudicación deberá hacerse sobre los términos y condiciones previamente establecidos en el pliego de cargos, no pudiendo después de esta modificar condiciones sobre las que se efectuó el acto público.

MINISTERIO DE SALUD- HOSPITAL CECILIO A. CASTILLERO C. / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Licitación por Mejor Valor Cumplimiento de Requisitos

DGCP-DF-2023-096

Para el procedimiento de la Licitación por Mejor Valor, es de vital importancia que las propuestas cumplan con los requisitos mínimos obligatorios o términos de referencia definidos en el Pliego de Cargos y una vez comprobado el cumplimiento de dichos requisitos por parte de cada uno de los Proponentes, la Comisión Evaluadora pasará a evaluar los aspectos técnicos, económicos, administrativos y financieros ofertados por los Proponentes, resultando en la adjudicación a aquel que obtenga el mayor puntaje en la metodología de ponderación especificada en el Pliego de Cargos.

Municipio de Panamá / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Incapacidad Legal para Contratar con el Estado

DGCP-DF-2023-213

Cuando la entidad licitante determine, antes de la adjudicación, que alguno de los proponentes carece de capacidad para contratar con el Estado desestimará la propuesta motivándolo en la resolución que pone fin a la etapa precontractual.

CAJA DE SEGURO SOCIAL/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Acta de Apertura de Propuesta Devolución de la Fianza de Propuesta

DGCP-DF-2023-216

La normativa dispone que los proponentes vencidos o cuya propuesta haya sido rechazada, puedan solicitar la devolución de la fianza de propuesta, lo cual trae como consecuencia que renuncian a toda reclamación sobre la adjudicación de la licitación; sin embargo, ello no implica que los oferentes que no solicitan su devolución, mantienen la condición de proponentes ya que esta se desvanece frente al rechazo de propuesta que declara la entidad licitante en el acto público y frente al cual no se presentó acción de reclamo en el momento procesal oportuno, es decir, dentro del día hábil siguiente en que se declaró el rechazo de plano.

METRO DE PANAMÁ, S.A. / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Rechazo de Plano de Propuesta

DGCP-DF-2023-218

Las consecuencias de la desatención de un precepto legal y de las exigencias del pliego de cargos aplicables a una garantía precontractual (fianza de propuesta) en cuanto a la vigencia requerida, no pueden supeditarse al ejercicio potestativo de la facultad del proponente en cuanto a solicitar o no la devolución de la fianza de propuesta correspondiente. En este sentido, considera esta Dirección que el rechazo de plano de una propuesta no habilita al ofertante para presentar acción de reclamo antes de que la entidad licitante adopte una decisión sobre el acto público, sea adjudicándolo o declarándolo desierto, ni para ejercer cualquier acción inherente a la condición legal de proponente contra la adjudicación de la licitación. 

METRO DE PANAMÁ, S.A. / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución