Del artículo 2 del Decreto Ejecutivo No.230 de 14 de abril de 2021, se colige que los municipios, juntas comunales y concejos provinciales, tiene la obligatoriedad de publicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, únicamente, ya sea la orden de compra o el contrato que se hubiese adjudicado al proponente luego de finalizadas todas las etapas de cualquiera de los dos procedimientos a los cuales se hubiese acogido para la adquisición de los bienes o servicios que a bien tuviese contratar, es decir, habiéndose refrendado los documentos contractuales citados por la entidad fiscalizadora, razón por la cual, hasta que el proceso de adquisición de estos bienes o servicios sea completado en su totalidad, no será necesaria la publicación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra” de otra documentación distinta a la orden de compra.
SIM.TE.S.C.H./ Nota N°DGCP-DJ-075-2022 con fecha 05 de mayo de 2022/ Acto Público 2021-5-96-02-12-CM-000231