Cumplir con los términos establecidos Silencio administrativo

Del numeral 6 del artículo 28 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende la obligación de los servidores públicos que intervienen en los procedimientos de selección de contratista, de cumplir con los términos que establece la Ley 22 de 2006, para el cabal desarrollo de todas y cada una de las etapas que los componen; la falta de un pronunciamiento oportuno por parte de las entidades respecto a las solicitudes recibidas, trae como consecuencia silencios administrativos que pudieran conllevar el accionamiento de la vía gubernativa ante las instancias correspondientes, por parte de los solicitantes.

Municipio de David/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1303-2024 de fecha 13 de septiembre de 2024/ Acto público No.2023-5-30-0-04-LP-003718.

Cumplir con los términos de responder

Principios de Contratación Pública Principio de Publicidad

DGCP-DF-2024-051

En todo Acto Público se aplicarán los Principios de Transferencia y Debido Proceso, con la diligencia eficaz dirigida a la consecución efectiva del procedimiento de selección de contratista. Tarea que involucra la publicación pertinente y oportuna, de las piezas contentivas de las actuaciones inherentes a los distintos Actos Públicos; máxime si estas son instituidas normativamente con carácter prioritario para su gestión e incorporación en el expediente electrónico.

INSTITUTO PANAMEÑO DE DEPORTES/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Publicación de la Orden de Compra

Del artículo 71 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende entonces, la obligación que tienen las entidades contratantes de publicar las órdenes de compras debidamente refrendadas, una vez se haya cumplido con las formalidades establecidas para este tipo de acto público, así como la publicación de la respectiva Resolución de Adjudicación, tal cual es el caso que nos ocupa.

Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales/ Nota No. DGCP-DS-DJ-189-2024 de fecha 29 de febrero de 2024/ Acto público No.2021-2-66-0-02-CM-018576.

Publicación de la Orden de compra 

Entidad Licitante (Responsabilidad) Determinación de precio de referencia

DGCP-DF-2024-002

Es responsabilidad de la entidad licitante determinar el precio de referencia en base al estudio de mercado realizado con anterioridad a la publicación del aviso de convocatoria, considerando además los estudios previos, los precios del mercado, adquisiciones históricas, aumentos o disminuciones de costos, disponibilidad del producto, entre otros elementos, con el objeto de obtener el mayor beneficio para el Estado y el interés público.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Informe de Comisión

DGCP-DF-2023-290

La Dirección estima que el tiempo transcurrido entre la entrega del Informe a la entidad y su publicación, no constituye una circunstancia que implique una vulneración a las normas de la Ley de Contrataciones Públicas, ya que se trata de la hora de publicación, mas no la fecha de entrega del Informe, lo que inicia el cómputo de los términos dentro del procedimiento de selección de contratista.

CAJA DE AHORROS./ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Publicación de Documentación Plataforma "PanamaCompra"

DGCP-DF-2023-275

El Artículo 156 de la Ley de Contrataciones Públicas, dispone que: “Todas las resoluciones, demás actos administrativos y comunicaciones que emitan las entidades contratantes dentro del proceso de selección de contratista y en la ejecución del contrato, así como las que dicte el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, se publicarán en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Eficiencia

La Dirección General de Contrataciones Públicas, ha sido consistente en señalar a las entidades contratantes, la importancia de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas para los procedimientos de selección de contratistas, contenidas en el Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, a fin de que los mismos sean desarrollados de manera eficiente, cumpliendo así con la finalidad del acto de contratación.
Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH)/ Nota No.DGCP-DS-DJ-164-2024 de fecha 26 de febrero de 2024/ Acto Público No. 2022-1-37-0-02-CM-016716.

Adjudicación de las contrataciones menores por cotización

Del artículo 92 del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020, se desprende entonces, la obligación que tienen las entidades contratantes de, en los casos de compras menores por cotización, publicar las órdenes de compras debidamente refrendadas, una vez se haya cumplido con la presentación de la documentación requerida por parte del proveedor seleccionado.
Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH)/ Nota No.DGCP-DS-DJ-164-2024 de fecha 26 de febrero de 2024/ Acto Público No. 2022-1-37-0-02-CM-016716.

Convocatoria Casos de Limitación de Acceso al Portal "PananaCompra"

De los artículos 67 y 68 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se extrae que las entidades que lleven a cabo la convocatoria, según lo establecido en este artículo, deberán remitir a la Dirección General de Contrataciones Públicas un reporte, dentro de los primeros cinco días hábiles del mes siguiente, que contendrá todas las contrataciones realizadas, con la finalidad de que estas puedan ser publicadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, donde podrán ser verificadas por las autoridades competentes y los interesados.

Representante del Corregimiento de Wargandi/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1352-2021 de fecha 27 de octubre de 2021.

Convocatoria en Casos de Limitaciones de Acceso al Portal “PanamaCompra”.

Modificación al Pliego de Cargos Adenda

DGCP-DF-2023-154

Toda modificación que pretenda introducirse al Pliego de Cargos deberá hacerse de conocimiento público, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, mediante adenda.

CAJA DE SEGURO SOCIAL- COMPLEJO MANUEL AMADOR GUERRERO/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución