Procedimiento Excepcional de Contratación Autoridad Competente

El numeral 6 del artículo 2 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, establece que los niveles de aprobación requeridos por parte de la Dirección General de Contrataciones Públicas, el Consejo Económico Nacional y el Consejo de Gabinete, de acuerdo a los montos de las contrataciones, sólo se requerirán cuando las entidades bajo el ámbito de aplicación del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, realicen un Procedimiento Excepcional de Contratación.

Ministerio de Economía y Finanzas/ Nota N°DGCP-DJ-198-2019 con fecha 11 de octubre de 2019.

Procedimiento Excepcional de Contratación

Presentación de Propuesta

De la Ley 22 de 2006 se desprende la obligatoriedad para todos los proponentes, de presentar sus propuestas de manera electrónica, en los distintos actos de selección de contratistas, en los que deseen participar.

Municipio de Chorrera/ Nota N°DGCP-DJ-008-2021 con fecha del 27 de enero de 2021/ Acto Público 2021-5-75-0-15-CM-004521

Presentación de propuesta

Pago Retenciones en los contratos

La Ley 22 del 2006 señala que dentro de un plazo máximo de sesenta días después de la entrega definitiva de la obra, la entidad contratante pagará al contratista las sumas retenidas y cualquier saldo que adeudara, entre los cuales pudiera estar las retenciones de las fases de la obra.

Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial/ Nota N°DGCP-DS-DJ-132-2020 con fecha 10 de febrero de 2020.

Retenciones de pago

Pago por Avance de Obra Pagos establecidos en el contrato

El artículo 86 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017 establece la forma en que la entidad deberá realizar el pago de acuerdo a lo establecido previamente en el contrato. De igual forma, dispone que será desde la estructuración del respectivo pliego de cargos que la Entidad estipula el porcentaje a retener para garantizar el cumplimiento del contrato, así como la manera en que se cancelarán los pagos, puesto que el pliego de cargos es un instrumento integrante del contrato administrativo.

Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial/ Nota N°DGCP-DS-DJ-132-2020 de fecha 10 de febrero de 2020.

Pago por Avance de Obra

Imposibilidad de Obtener Cotizaciones en Línea

El artículo 91 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020, hace alusión a la imposibilidad que tengan las entidades del Estado de obtener cotizaciones, es decir, que elevada en el Sistema “PanamaCompra”, la solicitud de cotizaciones y vencido el tiempo para la presentación de éstas, no se haya presentado ni una sola, ante la situación planteada, el Sistema automáticamente dejará constancia que no se recibió ninguna cotización, y la entidad deberá iniciar nuevamente el procedimiento de cotización en línea, si aún desea adquirir los bienes, servicios u obras objeto de la solicitud.

Ministerio de Economía y Finanzas/ Nota N°DGCP-DJ-118-2020 de fecha 7 de octubre de 2020.

Plataforma de cotizaciones en línea