Contrato y Orden de Compra

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que, la entidad podrá formalizar la relación contractual con el contratista que resulte beneficiado con la adjudicación del proceso de selección de contratista que lleve a cabo, ya sea a través de un contrato u orden de compra, sin que ello se interprete como una limitante a la función fiscalizadora que ejerce la Contraloría General de la República.

Municipio de Bugaba/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1258-2023 de fecha 13 de julio de 2023

Contrato y Orden de Compra

Dirección General de Contrataciones Públicas Competencia

DGCP-DF-2023-034

La competencia que la Ley de Contrataciones Públicas  atribuye a la Dirección General de Contrataciones Públicas para resolver Acciones de Reclamo, le permite modificar o anular un Informe de Comisión en caso que este se haya elaborado en contravención al Pliego de Cargos o la Ley de Contrataciones Públicas pudiendo ordenar un nuevo análisis total o parcial por parte de la misma Comisión o una nueva. Esta facultad resulta plenamente compatible con la función fiscalizadora que se realiza en relación al procedimiento llevado a cabo por la Entidad Licitante y la Comisión Verificadora.

Transporte Masivo de Panamá S.A. / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Fiscalización

DGCP-DF-2022-057

Las funciones fiscalizadoras que le asisten a la Dirección General de Contrataciones Públicas, nos permiten instar a la Entidad Licitante a que cumpla con las fases del Procedimiento de Selección de Contratista, independientemente de la resolución de decisión que se emita.

Minsa (Instituto Oncológico) / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución