Dirección General de Contrataciones Públicas Fiscalización de Oficio

DGCP-DF-2024-052

La Dirección General de Contrataciones Públicas analiza de oficio los elementos participativos estandarizados, los requisitos fijados por la Entidad Licitante, la inclusión sustancial de las especificaciones técnicas, la debida estructuración de la plantilla electrónica y del Pliego de Cargos adjuntos.

INSTITUTO PANAMEÑO DE DEPORTES/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Anulación de Informes

DGCP-DF-2024-019

Los Comisionados no están facultados para solicitarle a la Entidad Licitante que se realice un nuevo informe en donde se verifiquen o evalúen nuevamente las propuestas, ya que esta facultad compete exclusivamente al representante legal de la Entidad como también a la Dirección General de Contrataciones Públicas y al Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, cuando estos últimos declaren que alguna actuación dentro de dicho informe se hizo en contravención a la Ley o al Pliego de Cargos.

ÓRGANO JUDICIAL/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Rol Fiscalizador

DGCP-DF-2023-046

La Dirección General de Contrataciones Públicas fiscaliza que las actuaciones de las Entidades Licitantes en los Procesos de Selección de Contratista cumplan con lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas y ordena la realización de trámites fijados por los distintos procedimientos de selección de contratista que hayan sido omitidos.

CAJA DE SEGURO SOCIAL /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra no excede la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Competencia

DGCP-DF-2023-034

La competencia que la Ley de Contrataciones Públicas  atribuye a la Dirección General de Contrataciones Públicas para resolver Acciones de Reclamo, le permite modificar o anular un Informe de Comisión en caso que este se haya elaborado en contravención al Pliego de Cargos o la Ley de Contrataciones Públicas pudiendo ordenar un nuevo análisis total o parcial por parte de la misma Comisión o una nueva. Esta facultad resulta plenamente compatible con la función fiscalizadora que se realiza en relación al procedimiento llevado a cabo por la Entidad Licitante y la Comisión Verificadora.

Transporte Masivo de Panamá S.A. / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades

DGCP-DF-2023-021

La Dirección General de Contrataciones Públicas es el ente rector y fiscalizador de los procedimientos de contratación pública, con facultades destinadas a la adecuada implementación y aplicación de los preceptos legales contenidos en el Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Municipio Omar Torrijos Herrera/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Labor Fiscalizadora

DGCP-DF-2023-005

La labor fiscalizadora que realiza la Dirección General de Contrataciones Públicas se fundamenta en el Pliego de Cargos y en las constancias documentales que reposan en la propuesta.

Municipio de Panamá/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades - Acción de Reclamo

DGCP-DF-2022-132

La Dirección General de Contrataciones Públicas en pleno ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 15 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, tiene la potestad de regular, interpretar, fiscalizar y asesorar en los Procedimientos de Selección de Contratista que realicen las instituciones estatales; y en ese sentido, el estudio de la Acción, va más allá del análisis y de la exposición de hechos, y la validación de lo pretendido, a fin de determinar si en efecto, a través de este instrumento jurídico, se busca remediar falencias al Procedimiento de Selección de Contratista en cuanto a la presentación de la Propuesta del Proponente.

Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades

DGCP-DF-2022-128

La Dirección General de Contrataciones Públicas es el ente rector y fiscalizador de los procedimientos de contratación pública, con facultades destinadas a la adecuada implementación y aplicación de los preceptos legales contenidos en el Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Municipio de Panamá/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades

DGCP-DF-2022-102

La Dirección General de Contrataciones Públicas, en pleno ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 15 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, tiene la potestad de regular, interpretar, fiscalizar y asesorar en los procedimientos de selección de contratista que realicen las instituciones estatales.

Ministerio de Obras Públicas/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Servidores Públicos Multas

DGCP-DF-2022-085

La Dirección General de Contrataciones Públicas podrá imponer, al servidor público responsable de haber cometido infracciones o faltas, multas de hasta un 30 % del salario bruto mensual que devengue, en caso que incumpla las órdenes de la Dirección General de Contrataciones Públicas.

Ministerio de Obras Públicas/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,00.00).

Resolución