Resolución Administrativa de Contrato u Orden de Compra Sanción por Incumplimiento de Obligaciones

Los artículos 20 y 136 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, dejan prevista la posibilidad de que la entidad licitante pueda dar inicio al proceso administrativo de resolución del contrato u orden de compra e imponer posteriormente a la empresa contratista, las sanciones correspondientes por el incumplimiento de sus obligaciones y de igual manera si así lo estima conveniente, ejercer las acciones legales tendientes a obtener la indemnización por la inadecuada ejecución de dicha orden de compra y el incumplimiento de las obligaciones que de ella se desprenden.

Policlínica Generoso Guardia/ Nota N°DGCP-DJ-039-2022 con fecha 25 de febrero de 2022/ Acto público N°2021-1-10-0-08-CM-436182.
Resolución Administrativa de Contrato u Orden de Compra.

Contrato Incumplimiento

La Dirección General de Contrataciones Públicas indica que, indistintamente que se trate de convenios marco que se encuentren exceptuados o no del control previo, cuando existe incumplimiento, luego que un contrato u orden de compra ha surtido efectos entre las partes, es decir, que ha surgido a la vida jurídica, el procedimiento que prevé la Ley es la resolución administrativa del contrato. Esto es así toda vez que, en una relación contractual ambas partes tienen derechos y obligaciones y es necesario hacer cumplir el debido proceso.

Metro de Panamá, S.A/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1485-2022 con fecha 11 de noviembre de 2022.

Incumplimiento de contrato.

Cesión de Contrato Imposición de Sanción

La Dirección General de Contrataciones Públicas, es del criterio que, si la entidad contratante accede a un proceso de cesión del contrato cuando este ha sufrido retrasos por incumplimiento del contratista, no sería jurídicamente viable la imposición de sanciones tales como multa o inhabilitación por incumplimiento de forma previa al cedente, toda vez que no se trataría de un proceso de resolución administrativa de contrato, sino de un proceso en el que las obligaciones que el cedente había adquirido se extinguen, pasando a ser las obligaciones del cesionario en una relación contractual, que deberá seguir estando respaldada por el garante en favor del Estado.

Ministerio de Educación/Nota N°DGCP-DS-DJ-874-2021 de fecha 19 de julio de 2021.

Cesión de Contratos

Cesión de Contrato

El artículo 96 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, referente a la cesión de contrato, deja claramente establecido que, se trata de una prerrogativa del contratista que se encuentra condicionada a autorización previa de la entidad contratante y el garante.

Ministerio de Educación/ Nota N°DGCP-DS-DJ-874-2021 de fecha 19 de julio de 2021.

Cesión de Contrato