Reglas para modificaciones y adiciones al contrato en base al interés público Forma de pago

En relación con esto, como nos hemos pronunciado en respuestas previas, la Ley 22 de 2006, que regula la contratación pública, establece que durante la ejecución de los contratos públicos pueden surgir situaciones ajenas a las partes involucradas, que afecten directamente los derechos y obligaciones establecidos en el contrato, lo que podría requerir modificar las condiciones acordadas, siempre cumpliendo con las normativas sobre modificaciones contractuales que establece la Ley.
Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales/ Nota No.DGCP-DS-DJ-446-2025 de fecha 17 de marzo de 2025.

Reglas para modificaciones y adiciones al contrato

Tomando en cuenta las reglas para modificaciones y adiciones al contrato en base al interés público, contenidas en el artículo 77 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, previamente citado, sí es viable la modificación del plazo de ejecución del Contrato de Obra 01-2017; ahora bien, debemos entender que la modificación en el plazo de ejecución del contrato en cuestión, podría acarrear cambios en el monto del contrato original, los cuales deberán ceñirse a la norma citada respecto a los nuevos costos.
Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales/ Nota No.DGCP-DS-DJ-446-2025 de fecha 17 de marzo de 2025.

Sustentar gastos adicionales o modificaciones de montos Para efectos del cálculo de ajuste de precio de materiales y mano de obra

En cuanto a los métodos a través de los cuales la parte interesada debe sustentar gastos adicionales o modificaciones de montos, la Ley 22 de 2006 no entra a definirlos, no obstante, la Dirección General de Contrataciones Públicas ya ha señalado en respuesta a consultas realizadas, que toda documentación que sustente ante la entidad contratante y el ente fiscalizador los montos, condiciones, forma de pago de gastos adicionales y reconocimiento de costos financieros si los hubiere debe ser considerada válida por la entidad, salvo que se existan indicios de falsedad de documentación o que la misma carezca de autenticidad.
Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1977-2024 de fecha 17 de diciembre 2024/ Acto Público No.2016-0-14-0-01-LV-011018.

Utilización de facturas o los índices de Precios al Consumidor (IPC) Equilibrio Económico del Contrato

La Dirección General de Contrataciones Públicas, ante consultas recibidas referentes a la utilización de facturas o los índices de Precios al Consumidor (IPC), para aducir equilibrio contractual, ha indicado a su vez que si la presentación de facturas es un método que ha sido considerado como válido por entidades contratantes, no podría ser menos válido el utilizar como sustento, información emitida por entidades oficiales como es el caso de la variación del IPC, índices publicados por la Contraloría General de la República.

Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1977-2024 de fecha 17 de diciembre 2024/ Acto Público No.2016-0-14-0-01-LV-011018.

Modificación y Adiciones a los Contratos Equilibrio Contractual

El artículo 77 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, otorga a las entidades contratantes, la facultad de revisar los contratos que suscriban, así como realizar las modificaciones que estimen pertinentes, atendiendo siempre el interés público.

Ministerio de Obras Públicas/ Nota N° DGCP-DS-DJ-313-2022 de fecha 18 de marzo de 2022 / Acto Público N°2016-0-09-0-15-LV-004595.

Modificaciones y Adiciones a los Contratos (Equilibrio Contractual)

 

Pliego de Cargos Modificaciones

DGCP-DF-2023-155

Cuando el Pliego de Cargos sea objeto de adendas que afecten la preparación de las propuestas, debido a modificaciones realizadas en sus condiciones especiales, especificaciones técnicas y en las exigencias sobre presentación de información por parte de los proponentes, la entidad licitante deberá consolidar el documento de pliego de cargos con todas las reformas efectuadas y publicarlo junto con la última adenda en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”

CAJA DE SEGURO SOCIAL- COMPLEJO MANUEL AMADOR GUERRERO/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Modificaciones al Pliego de Cargos Adenda

DGCP-DF-2023-197

Cuando el pliego de cargos sea objeto de modificaciones que afecten la preparación de las propuestas, debido a cambios realizados en sus condiciones especiales, especificaciones técnicas y en las exigencias sobre presentación de información por parte de los proponentes, la entidad licitante deberá consolidar el documento de pliego de cargos con todas las reformas efectuadas y publicarlo conjuntamente con la última adenda en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

JUNTA ASESORA DE SERVICIO Y ACCESO UNIVERSAL/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Equilibrio Contractual

El artículo 21 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, preceptúa la figura del equilibrio contractual que debe prevalecer en todas las contrataciones públicas, el cual consiste en la relación equivalente de las cargas que debe existir entre las partes contratantes.

Ministerio de Obras Públicas/ Nota N° DGCP-DS-DJ-313-2022 de fecha 18 de marzo de 2022 / Acto Público N°2016-0-09-0-15-LV-004595.

Equilibrio Contractual

Pliego de Cargos Pliego de Cargos Consolidado

DGCP-DF-2023-110

Cuando el Pliego de Cargos sea objeto de modificaciones que afecten la preparación de las propuestas, debido a cambios realizados en sus condiciones especiales, Especificaciones Técnicas y en las exigencias sobre presentación de información por parte de los proponentes, la Entidad Licitante deberá consolidar el documento de Pliego de Cargos con todas las reformas efectuadas y publicarlo conjuntamente con la última adenda en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

Ministerio de Cultura / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Homologación

DGCP-DF-2022-094

La Dirección General de Contrataciones Públicas reitera y aclara que el hecho que uno o varios participantes en la reunión de homologación sugieran modificaciones al Pliego de Cargos, no genera una obligación de la Entidad Licitante de acceder a dichas peticiones y emitir una adenda que acoja los cambios sugeridos. Solo en caso que la Entidad Licitante haya acordado con los interesados en la reunión de homologación hacer cambios al Pliego de Cargos, esta estará obligada a emitir la adenda respectiva. 

Ministerio de Salud/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución