Procedimiento especial de contratación Modalidad de simple prórroga

El numeral 2 del artículo 84 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece que para que se configure el procedimiento especial de contratación, específicamente en su modalidad de simple prórroga, es indispensable que el nuevo contrato que se pretenda suscribir cumpla a cabalidad con todos los supuestos enmarcados en la norma supra citada.
Caja de Seguro Social/ Nota No.DGCP-DS-DJ-1750-2024 de fecha 15 de noviembre de 2024/ Acto público No. 2022-1-10-0-08-PE-444785

Procedimiento Especial de Contratación Regularidad, estabilidad e invariabilidad

Del numeral 2 del artículo 84 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, del procedimiento especial de contratación, no debe obviarse que, dada su naturaleza jurídica, este procedimiento podrá ser aplicado “por razones de normalización o por la necesidad de asegurar la compatibilidad con los bienes, el equipo, la tecnología o los servicios que se estén utilizando,…”, es decir que, aplica a aquellas contrataciones que por su regularidad, estabilidad e invariabilidad, deban ser adquiridas de manera continua e ininterrumpida.
Caja de Seguro Social/ Nota No.DGCP-DS-DJ-1750-2024 de fecha 15 de noviembre de 2024/ Acto público No. 2022-1-10-0-08-PE-444785

Procedimiento especial de contratación

Este procedimiento especial de contratación no debe ser utilizado para gestionar el pago de excedentes que resulten y/o deriven de relaciones contractuales en ejecución o, bien, que ya hayan sido ejecutadas.
Caja de Seguro Social/ Nota No.DGCP-DS-DJ-1750-2024 de fecha 15 de noviembre de 2024/ Acto público No. 2022-1-10-0-08-PE-444785.

Procedimiento Especial de Contratación

El artículo 84 del Texto Único de la Ley 22 del 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 153 de 2020 y los artículos 154, 155 y 156 del Decreto Ejecutivo No.439 de 2020, establecen que existen tres escenarios en los cuales una entidad contratante no está obligada a realizar un procedimiento de selección de contratista o un procedimiento excepcional de contratación para contratar la adquisición de determinados bienes y/o servicios que sustente el posterior refrendo de la orden de compra o contrato, según corresponda.
Policlínica Roberto Ramírez De Diego/ Nota No. DGCP-DJ-030-2024 de fecha 19 de febrero de 2024.

Modificaciones y Adendas al Contrato

El artículo 91 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley No. 61 de 2017, dispone en su numeral cuatro que se podrá revisar el valor total del contrato, si las modificaciones alteran en un 25% el valor total o inicial del contrato, y que, además, en ningún caso, la sumatoria de todas las modificaciones que se realicen a una contratación pública durante su vigencia podrán sobrepasar el 40% del monto total originalmente convenido.

Ministerio de Economía y Finanzas/ Nota N°DGCP-DS-DJ-263-2021 de fecha 26 de marzo 2021.

Modificaciones y Adendas al Contrato.