Acción de Reclamo

DGCP-DF-2024-020

La forma procesal idónea, para el cuestionamiento de las reglas convocadas en el Pliego de Cargos como instrumento reparador, lo es la Acción de Reclamo ejercida antes de la Presentación y Apertura de Propuestas bajo los requerimientos de antelación, dispuestos en el Artículo 153 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 o bien, recurriendo ante la Dirección General de Contrataciones Públicas en tiempo oportuno para la revisión oficiosa de las objeciones que se señalen y que conlleven a que sean ordenadas medidas correctivas.

CAJA DE SEGURO SOCIAL- HOSPITAL DOCTOR RAFAEL HERNANDEZ L. /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Obligaciones de las Entidades Contratantes Pago

El artículo 21 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, es claro en señalar que es una obligación de la entidad licitante, efectuar los pagos en los términos previstos en el pliego de cargos o contrato respectivo.

Palacios, Vásquez y Asociados/ Nota N°DGCP-DJ-081-2022 con fecha 18 de mayo de 2022.

Obligaciones de las Entidades Contratantes.

Pago

Del artículo 100 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende la obligación inherente que tienen todas las entidades estatales, de realizar en el tiempo establecido los pagos correspondientes, a fin de evitar que se generen intereses moratorios por el retraso, lo cual se traduce en un perjuicio para el Estado.

Municipio de Cemaco/ Nota N°DGCP-DS-DJ-957-2023 con fecha 31 de mayo de 2023.

Pago.