Sicarelle Holdings Inc./ Nota N°DGCP-DJ-123-2023 de fecha 03 de mayo de 2023/Acto Público N° 2016-0-12-0-99-AV-016929. |
Autor: Joyce Perez
Prórroga Aprobar o Negar
El Artículo 122 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, dispone que corresponde a las entidades contratantes aprobar o negar las prórrogas que soliciten los contratistas, así como establecer el término de la prórroga, tomando en consideración la urgencia o necesidad del suministro, servicio u obras contratados.
GBM de Panamá, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-090-2021 de fecha 23 de junio de 2021/ Requisición de Convenio Marco N°2020-1-90-0-08-RC-022345.
Multa por Retraso en la Entrega
Del artículo 133 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende la facultad de las entidades contratantes, de aplicar las multas correspondientes a los contratistas que presenten solicitudes de prórrogas, una vez haya vencido el término para la entrega del bien o servicio contratado.
GBM de Panamá, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-090-2021 de fecha 23 de junio de 2021/Requisición de Convenio Marco N°2020-1-90-0-08-RC-022345.
Multa por retraso en la entrega
Obligación de la Entidad
Es un deber del Estado velar por que los contratos públicos se ejecuten y así llegue a cumplirse la finalidad de la contratación estatal: satisfacer una necesidad de la población, haciendo uso óptimo de los recursos públicos, mediante un proceso eficaz y eficiente, obteniendo el mayor beneficio para el interés público.
Ministerio de Obras Públicas/ Nota N°DGCP-DJ-DS-1701-2021 de fecha 15 de diciembre de 2021/ Acto Público N°2016-0-09-0-99-LV004736.
Ámbito de Aplicación de la Ley
De acuerdo al artículo 1 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, la Dirección General de Contrataciones Públicas, no es competente para pronunciarse respecto al procedimiento de la Caja del Seguro Social a través de lo establecido en la Ley 1 de 2001, sobre medicamentos y otros productos para la salud humana, y demás disposiciones legales vigentes en la materia y corresponderá a la parte interesada que se considere agraviada en el acto, ejercer los derechos, recursos o descargos que la Ley en la que se fundamentó el procedimiento le reconoce.
Medical Depot Productos Hospitalarios/ Nota N°DGCP-DJ-052-2022 de fecha 23 de marzo de 2022/ Acto Público No. 2018-1-10-0-08-LP-305747.
Ámbito de Aplicación de la Ley
Modificación al Contrato
La entidad contratante podrá llevar a cabo las modificaciones al contrato que estime necesarias para garantizar la ejecución del contrato, incluyendo la forma de pago y procurar el mayor beneficio para el interés público, estando de acuerdo con el contratista respectivo y siempre respetando el debido proceso, para así sustentar sus actuaciones ante el ente fiscalizador.
Ministerio de Obras Públicas/ Nota N°DGCP-DJ-DS-1701-2021 de fecha 15 de diciembre de 2021/ Acto Público N°2016-0-09-0-99-LV004736.
Modificaciones a los Contratos
El Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, en su artículo 13, deja prevista la posibilidad de que, durante la ejecución de los contratos públicos, puedan suscitarse diversas situaciones, que impacten directamente las obligaciones y derechos adquiridos mediante el contrato e impliquen la necesidad de modificar las condiciones pactadas, siempre respetando las reglas de modificaciones a los Contratos establecidas por la Ley.
Ministerio de Obras Públicas/ Nota No.DGCP-DJ-DS-1701-2021 de fecha 15 de diciembre de 2021/ Acto Público No. 2016-0-09-0-99-LV004736.
Porcentajes de Riesgos u Onerosidad Estudios de Mercado
Es responsabilidad de las entidades licitantes, luego de realizar los estudios de mercado correspondientes, calcular y establecer un precio de referencia, no solo lo más ajustado posible a la realidad del mercado, sino también, que sea una base clara para efectos del cálculo de los porcentajes de riesgos u onerosidad, cuando sean establecidos en el pliego de cargos, honrando así los principios de economía e igualdad de los proponentes de la contratación pública y no abrir la posibilidad a imprecisiones o ambigüedades.
Secretaria Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1093-2019 de fecha 18 de diciembre de 2019/ Acto Público N°2019-0-06-0-08-LP-005944.
Propuestas Económicas Márgenes
Secretaria Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación/ Nota No.DGCP-DS-DJ-1093-2019 de fecha 18 de diciembre de 2019/ Acto Público No.2019-0-06-0-08-LP-005944. Margen de Riesgosidad u Onerosidad
|
Precio de Referencia Limites
Secretaria Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación/Nota N°DGCP-DS-DJ-1093-2019 de fecha 18 de diciembre de 2019/ Acto Público N°2019-0-06-0-08-LP-005944. |