Del artículo 1 de la Ley 5 de 11 de enero de 2007, que agiliza el proceso de apertura de empresas y establece otras disposiciones, se desprende que es el Ministerio de Comercio e Industrias, la entidad regente en materia de la expedición del correspondiente aviso de operaciones, siendo a su vez la entidad responsable de velar por el completo cumplimiento de las disposiciones que regulan su validez en la República de Panamá.
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Aviso de Operaciones Requisitos Obligatorios
DGCP-DF-2023-158
El Aviso de Operaciones no tiene que indicar taxativamente lo que expresa el objeto del Acto Público o las especificaciones técnicas, basta con que las actividades allí descritas estén claramente relacionadas con lo que busca la Entidad.
MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).
Pliego de Cargos Aviso de Operaciones
Referente al Aviso de Operaciones, queda claro que las actividades comerciales deben guardar relación con el objeto contractual y la entidad licitante por medio del pliego de cargos puede especificar si un proponente debe contar con un tiempo determinado desde el inicio de sus operaciones.
Ministerio de Educación/ Nota N° DGCP-DJ-158-2023 de fecha 13 de junio de 2023.