Reunión Previa y Homologación Competencia

En virtud que el objeto de su consulta guarda relación a un acto público que se encuentra en estado vigente, con fecha para celebración de reunión de homologación programada para el día 25 de abril de 2024 a las 9:00 A.M., la Dirección General de Contrataciones Públicas, carece de competencia para pronunciarse respecto a los factores para el cumplimiento o no de un requisito establecido en el pliego de cargos, siendo competente para ello la entidad licitante quien es la responsable de establecer las condiciones especiales del pliego de cargos.

Sicarelle Holdings Inc./ Nota No. DGCP-DS-DJ-418-2024 con fecha 18 de abril de 2024/ Acto público No. 2024-0-30-0-99-LV-028605.

Competencia para Reunión Previa y Homologación.

Verificación de Requisitos

DGCP-DF-2024-033

La Comisión Evaluadora como primera etapa debe verificar si las propuestas presentadas cumplen o no con los requisitos obligatorios exigidos en el pliego de cargos (Requisitos Mínimos Obligatorios “Requisitos Comunes” y los “Otros Requisitos”) contenidos en las Condiciones Especiales, donde los proponentes que hayan cumplido lo anterior, pasarán a la etapa de ponderación.

INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Modificación y Adenda

Todo acuerdo al que lleguen los interesados con la entidad licitante respecto a las condiciones especiales y técnicas del pliego de cargos en la reunión previa y de homologación, implicará de forma obligatoria la modificación o adenda del mismo.

Ministerio de Salud/ Nota N°DGCP-DJ-239-2023 de fecha 13 de septiembre de 2023.

Modificación y Adenda al Pliego de Cargos.

Pliego de Cargos Condiciones Generales

El artículo 42 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se evidencia que, si bien las condiciones generales sirven de base para todos los procedimientos de selección de contratistas, las mismas están insertas por ordenanza de esta Ley, en las plantillas electrónicas del sistema de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”; Sin embargo, la misma excerta legal contempla seguidamente en su artículo 43 lo relacionado a las condiciones especiales, las cuales serán confeccionadas por cada entidad licitante atendiendo las necesidades específicas para cada caso.

Security Alliance Supply, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-120-2020 de fecha 13 de octubre de 2020/ Acto público N°2020-0-18-01-08-LP-047998.

Condiciones Generales en el Pliego de Cargos.

Pliego de Cargos Condiciones Especiales y Especificaciones Técnicas

De los artículos 56 y 57 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 2006, podemos colegir que, si bien las plantillas electrónicas del Sistema de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, están elaboradas con los requisitos mínimos y generales para los distintos procedimientos de selección de contratistas según el objeto del contrato de que se trate, son las entidades contratantes las encargadas de la elaboración de las condiciones especiales y especificaciones técnicas para cada acto en particular, por lo que, si es criterio de la entidad contratante solicitar requisitos adicionales, son estos requerimientos los que regirán cada acto de manera individual.

Security Alliance Supply, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-120-2020 de fecha 13 de octubre de 2020/ Acto público N°2020-0-18-01-08-LP-047998-

Condiciones Especiales y Especificaciones Técnicas en el Pliego de Cargos.

Pliego de Cargos Condiciones Especiales

El artículo 56 del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 2006, procura que, dentro de los procedimientos de selección de contratista, se establezca dentro del Pliego de Cargos reglas generales e impersonales que aseguren que no se discrimine o favorezca un proponente en perjuicio de otro.

Universidad Autónoma de Chiriquí/ Nota N°DGCP-DJ-041-2023 con fecha 09 de febrero de 2023.

Pliego de Cargos (Requisitos).

Pliego de Cargos

El numeral 36 del artículo 2 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece que el pliego de cargos es el documento que estipula las condiciones y requisitos exigidos unilateralmente por la entidad licitante en los procedimientos de selección de contratista para adquirir bienes, obras o servicios. En consecuencia, incluirá reglas objetivas, justas, claras y completas que permitan la mayor participación de los interesados en igualdad de condiciones. En el pliego de cargos no se podrán insertar requisitos o condiciones contrarias a la Ley y al interés público. Cualquier condición contraria a esta disposición será nula de pleno derecho.

Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales/ NotaN°DGCP-DJ-014-2021 con fecha 8 de febrero de 2021.

Pliego de Cargos

Proponentes Preparación de las Propuestas

DGCP-DF-2022-111

Es responsabilidad ineludible de cada Proponente, estructurar su Propuesta conforme a los elementos que componen cada requisito de las condiciones especiales y acorde a las especificaciones técnicas que devienen de la naturaleza del objeto contractual convocado, así como cumplir con las exigencias cualitativas y descriptivas de documentos sensitivos de índole técnico para su apreciación y calificación conforme a lo solicitado en el Pliego de Cargos.

Autoridad Aeronáutica Civil / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Condiciones Especiales

DGCP-DF-2021-056

La Entidad Licitante debe separar las exigencias aplicables al proponente de aquellas que son aplicables al contratista, siendo estas últimas propias de la etapa de ejecución del contrato, debiendo constar detalladas en las Condiciones Especiales del Pliego de Cargos (Condiciones de la Contratación).

 

Ministerio de Gobierno/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,00.00).

 

Resolución

Pliego de Cargos Requisitos Mínimos Obligatorios

DGCP-DF-2019-100

La Dirección General de Contrataciones Públicas advierte que los requisitos mínimos obligatorios del Pliego de Cargos, están establecidos en las Condiciones Especiales y no en los Formularios, los cuales constituyen meras guías para los proponentes, sin que en ningún caso deba entenderse que constituyen requisitos mínimos obligatorios .

Órgano Judicial/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución