Disponibilidad Presupuestaria Ejecución de los contratos se extiendan por más de una vigencia fiscal

Del artículo 37 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se infiere la potestad que tienen las entidades licitantes de llevar a cabo los procedimientos de selección de contratista, cuando la ejecución de los contratos se extiendan por más de una vigencia fiscal; en estos casos, dicha situación deberá estar plasmada en el contrato respectivo, así como la indicación de los montos que serán pagados en las siguientes vigencias fiscales, y el compromiso de la entidad de incluir en su presupuesto para estas vigencias, los recursos financieros a pagar durante las mismas; siempre atendiendo lo establecido para estos casos, en la Ley de Presupuesto vigente.

Simycon/ Nota No.DGCP-DS-DJ-336-2025 de fecha 6 de marzo de 2025/ Acto Público No. 2025-1-40-00-02-LP-000004.

Disponibilidad presupuestaria

Terminación de la Obra Acta de Aceptación Final

El Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 contempla en su artículo 110, específicamente para la recepción de obras, el documento denominado “acta de aceptación final”, el cual deberá ser utilizado para recibir formalmente, de acuerdo a los términos y condiciones pactadas, la obra objeto del contrato una vez se haya comprobado que se ha cumplido con todos los requisitos del contrato.

Sigma Ingeniería/ Nota No.DGCP-DS-DJ-484-2025 de fecha 24 de marzo de 2025.

Acta de Aceptación final

Fianza de Cumplimiento Endoso

Si resulta necesario que presente un endoso de la fianza de cumplimiento para que la misma extienda su vigencia hasta la fecha de liquidación del contrato, tenemos a bien indicarle que la Contraloría General de la República, es el ente competente para pronunciarse sobre la suficiencia de las garantías que se constituyan para asegurar el cumplimiento de las obligaciones contraídas con las entidades públicas, de conformidad a lo señalado en el artículo 51 de la Ley 32 de 8 de noviembre de 1984.

LAIN, S.A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-476-2025 de fecha 20 de marzo de 2025.

Fianza de Cumplimiento

 

Licitación de Convenio Marco Condiciones técnicas

La Dirección General de Contrataciones Públicas, es responsable de velar por que las condiciones técnicas ofrecidas al momento de la propuesta sean mantenidas a lo largo de la ejecución del contrato, y a su vez, tiene la facultad de retirar de manera definitiva el renglón en el que se incurra en este supuesto, tal y como lo dispone el numeral 7 del artículo 61 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Inversiones Ayli, S.A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-514-2025 de fecha 27 de marzo de 2025.

Licitación de Convenio Marco 

Reglas para modificaciones y adiciones al contrato en base al interés público Forma de pago

En relación con esto, como nos hemos pronunciado en respuestas previas, la Ley 22 de 2006, que regula la contratación pública, establece que durante la ejecución de los contratos públicos pueden surgir situaciones ajenas a las partes involucradas, que afecten directamente los derechos y obligaciones establecidos en el contrato, lo que podría requerir modificar las condiciones acordadas, siempre cumpliendo con las normativas sobre modificaciones contractuales que establece la Ley.
Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales/ Nota No.DGCP-DS-DJ-446-2025 de fecha 17 de marzo de 2025.

Reglas para modificaciones y adiciones al contrato

Tomando en cuenta las reglas para modificaciones y adiciones al contrato en base al interés público, contenidas en el artículo 77 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, previamente citado, sí es viable la modificación del plazo de ejecución del Contrato de Obra 01-2017; ahora bien, debemos entender que la modificación en el plazo de ejecución del contrato en cuestión, podría acarrear cambios en el monto del contrato original, los cuales deberán ceñirse a la norma citada respecto a los nuevos costos.
Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales/ Nota No.DGCP-DS-DJ-446-2025 de fecha 17 de marzo de 2025.

Convocatoria Antelación mínima de ocho días hábiles

Cuando la entidad requiera aplicar numeral 3 del artículo 48 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, deberá en primer lugar la Entidad emitir una resolución debidamente motivada explicando los motivos por los cuales requieren con carácter de urgencia convocar su acto público con una antelación distinta para contratar el servicio de seguridad requerido y luego proceder a su publicación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH)/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1660-2024 de fecha 31 de octubre de 2024.

Convocatoria del acto público

Estado de Urgencia y Procedimiento especial de adquisiciones de emergencia No guarda relación

Cuando se produzca un estado de urgencia, debidamente acreditado, en el numeral 3 del artículo 48 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, debemos advertir que, la figura bajo estudio no guarda relación con el procedimiento especial de adquisiciones de emergencia que se contempla en el artículo 85 del Texto Único de la Ley 22 de 2206, ordenado por la Ley 153 de 2020, lo que puede provocar una confusión para algunas de las entidades licitantes al momento de su aplicación.

Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH)/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1660-2024 de fecha 31 de octubre de 2024.

Convocatoria del acto público

 

 

Procedimiento especial de adquisiciones de emergencia Resolución por parte del Consejo de Gabinete

El artículo 85 del Texto Único de la Ley 22 de 2206, ordenado por la Ley 153 de 2020, debemos tener presente que la norma citada presupone como requisito fundamental para su aplicación, que previamente se haya declarado una emergencia por parte del Consejo de Gabinete vía resolución, estableciendo en la misma el mecanismo para la utilización de este procedimiento e indicando la obligación de las entidades contratantes de verificar primeramente la disponibilidad en la tienda virtual de los productos o servicios que requiere adquirir.

Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH)/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1660-2024 de fecha 31 de octubre de 2024.

Procedimiento especial de emergencia

Aviso de operaciones Ministerio de Comercio e Industrias

Del Artículo 1 de la Ley 5 de 11 de enero de 2007, que agiliza el proceso de apertura de empresas y establece otras disposiciones, se desprende que es el Ministerio de Comercio e Industrias, la entidad regente en materia de la expedición del correspondiente aviso de operaciones, siendo a su vez la entidad responsable de velar por el completo cumplimiento de las disposiciones que regulan su validez en la República de Panamá.

Acadia Global Corp./ Nota No. DGCP-DS-DJ-1662-2024 de fecha 31 de octubre de 2024.

Aviso de operaciones