Liquidación de Contrato Si no se hubiera estipulado

Si no se hubiera estipulado en el pliego de cargos o el contrato respecto al plazo para liquidar el contrato, la entidad deberá proceder a la liquidación dentro de los dos meses siguientes al vencimiento del plazo para la ejecución del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación o a la fecha del acuerdo que la disponga, sin perjuicio del derecho a solicitarlo que tiene el contratista, según lo dispuesto respecto al derecho de petición en la Ley 38 de 2000, que regula el procedimiento administrativo general.

Constructora Simasa, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-071-2023 de fecha 15 de marzo de 2023.

Regla de Desempate Contrataciones Menores

El Artículo 53 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 2020, señala el procedimiento a seguir en el caso de empate de propuestas, el cual, cuando se trate de contrataciones menores, debe ser realizado por la entidad posterior al recibo de propuestas. Si bien la norma no indica de forma taxativa el momento preciso luego de recibir propuestas, en que se debe realizar este proceso de desempate, debemos entender que el mismo debe iniciar una vez determinado el empate entre las propuestas de menor precio ofertado, sin que sea el precio ofertado el único factor para determinar el empate. 

Caja de Seguro Social/ Nota N°DGCP-DJ-023-2023 de fecha 25 de enero de 2023

Regla de desempate

 

Reglas de Desempate

Del artículo 53 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 2020, podemos colegir que se debe entender el empate de dos o más propuestas, cuando estas ofertan el mismo precio y a su vez cumplen con los requisitos exigidos en el pliego de cargos; o que obtengan los mismos puntajes, según el caso, toda vez que, como hemos señalado, la propuesta se encuentra conformada no sólo por la oferta económica, sino también por cada uno de los documentos que la acompañan para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la entidad contratante, como se puede deducir de lo que hemos resaltado en el numeral 1 del precitado artículo.

Caja de Seguro Social/ Nota N°DGCP-DJ-023-2023 de fecha 25 de enero de 2023

Regla de desempate

Facultad de Contratación Orden de Proceder

Del artículo 93 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, podemos colegir que, los contratos indistintamente del tipo de contrato que se trate, pueden incluir la necesidad de emisión de una orden de proceder, según la naturaleza de lo que se va a adquirir y su necesidad. Así, corresponderá a la entidad licitante establecer de forma clara en el contrato u orden de compra, aspectos tales como el plazo para emitir la orden de proceder.

Caja de Seguro Social/ Nota N°DGCP-DJ-023-2023 de fecha 25 de enero de 2023.

Orden de proceder

 

Orden de Proceder

La orden de proceder no debe confundirse o relacionarse con la vigencia del contrato y las condiciones o formar de pago, ya que una vez establecida la duración o vigencia del contrato, se entiende que al ser un contrato de servicios periódicos, una vez emitida y publicada la orden de proceder, comienza a transcurrir el tiempo de ejecución para el contratista y la obligación de prestar el servicio según las condiciones pactadas para cada mes, y así a su vez, poder realizar su gestión de cobro de la misma forma periódica, salvo que el contrato u orden de compra haya establecido algo distinto.

Caja de Seguro Social/ Nota N°DGCP-DJ-023-2023 de fecha 25 de enero de 2023.

Orden de proceder

Inicio de Ejecución Orden de Proceder o Publicación

Si la entidad no ha establecido en las condiciones contractuales la necesidad de emitir la orden de proceder, entonces el tiempo de ejecución para el contratista comienza a transcurrir una vez publicado el contrato u orden de compa, salvo que éste establezca algo distinto.

Caja de Seguro Social/ Nota N°DGCP-DJ-023-2023 de fecha 25 de enero de 2023.

Orden de proceder

Facultad de la Entidad Licitante Modificaciones de los Contrato

La entidad licitante siempre tendrá la facultad de realizar las adendas o ajustes al contrato u orden de compra, según sea el caso, cuando así lo considere necesario respecto a condiciones tales como vigencia, formas de pago, entre otros, siempre que no se modifique la clase u objeto del contrato y respetando las demás reglas para modificaciones del contrato, según lo establecido en el Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Caja de Seguro Social/ Nota N°DGCP-DJ-023-2023 de fecha 25 de enero de 2023

Modificación del contrato

Pliego de Cargos

El artículo 33 del Texto Único de la Ley No. 22 de 2006, ordenado por la Ley No. 61 de 2017, dispone que la entidad licitante elaborará, previo a la celebración del procedimiento de selección de contratista el correspondiente pliego de cargos, que deberá contener entre otras cosas, las reglas objetivas, justas, claras y completas que permitan la confección de ofrecimientos de la misma índole, a fin de asegurar una escogencia objetiva. Así como las condiciones y la calidad de los bienes, las obras o los servicios necesarios para la ejecución del objeto del contrato.

Autoridad de Aseo/ Nota N°DGCP-DS-DJ-133-2020 con fecha 10 de febrero de 2020/ Acto Público N°2018-2-98-0-08-SB-003681.

Pliego de Cargos

Reglas de Desempate Micro, Pequeña y Mediana Empresa

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que si el empate es una eventualidad cuya posibilidad de suscitarse puede ser prevista por los proponentes, si estos tienen la condición de micro, pequeña o mediana empresa, deberán realizar sus respectivos registros ante la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, antes de la celebración del acto público, a fin de poder acreditarlo en caso de ser necesario, en virtud del principio de igualdad de proponentes.

Ana Guevara/ Nota N°DGCP-DJ-207-2019 con fecha 23 de octubre de 2019.

Reglas de Desempate

Reglas de Desempate Pliego de Cargos

Las reglas de desempate están establecidas de manera previa en las condiciones generales de los pliegos de cargos, siendo de conocimiento para todas las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en los procedimientos de selección de contratista.

Ana Guevara/ Nota N°DGCP-DJ-207-2019 con fecha 23 de octubre de 2019.

Reglas de Desempate