Equilibrio Económico del Contrato

De acuerdo a los artículos 21 y 97 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 48 de 2011, la Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que el reconocimiento de costos adicionales o equilibrio económico es propio de la etapa de ejecución del contrato y debe formar parte íntegra de éste, donde el contratista podrá sustentar los hechos extraordinarios e imprevisibles que dieron lugar a tales erogaciones aducidas, que requieren ser aceptadas por las partes mediante adendas.

Latin American General Consulting, S.A./Nota No.DGCP-DS-DJ-1012-2025 de fecha de 16 de junio de 2025/Acto Público No.2016-0-12-0-15-LV-020268

Equilibrio Económico del Contrato

Equilibrio Económico del Contrato

Del artículo 21 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 48 de 2011, se desprenden las reglas para mantener durante la vigencia del contrato el equilibrio contractual, indicando que al momento de su celebración se pueden pactar cláusulas y condiciones en caso de que estas se alteren por hechos extraordinarios e imprevisibles, con el fin atender erogaciones y de reestablecer el equilibrio contractual, contando con los recursos económicos, según las disposiciones en materia presupuestaria.

Latin American General Consulting, S.A./Nota No.DGCP-DS-DJ-1012-2025 de fecha de 16 de junio de 2025/Acto Público No.2016-0-12-0-15-LV-020268

Equilibrio Económico del Contrato

Equilibrio Económico del Contrato Modificaciones al contrato

La Dirección General de Contrataciones Públicas considera que, según el artículo 13 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, la obligación que tienen las entidades contratantes de mantener, durante el desarrollo y la ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras iniciales del contrato, tiene una condición que dirige estrictamente a lo establecido o estipulado por la Ley, el contrato y el pliego de cargos, aspecto que nos indica de forma clara que la figura y el procedimiento del equilibrio económico del contrato es propio de la etapa de ejecución del mismo y debe formar parte íntegra de éste para así poder el contratista hacer exigibles las obligaciones por parte del Estado.

Construcciones del Este, S.A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-694-2025 de fecha 29 de abril de 2025.

Equilibrio Económico del Contrato

Equilibrio Económico del Contrato Modificaciones al Contrato

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que, el equilibrio económico, las modificaciones al contrato y la liquidación son procesos diferentes dentro del contrato. El equilibrio económico y las modificaciones corresponden a la fase de ejecución del contrato, mientras que la liquidación ocurre después de que esa fase ha terminado.

Construcciones del Este, S.A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-694-2025 de fecha 29 de abril de 2025.

Equilibrio económico del Contrato

Equilibrio Económico del Contrato Costos Adicionales

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que, el reconocimiento de costos adicionales o equilibrio económico es propio de la etapa de ejecución del contrato y debe formar parte íntegra de éste, donde el contratista podrá sustentar los hechos extraordinarios e imprevisibles que dieron lugar a tales erogaciones aducidas, que requieren ser aceptadas por las Partes, mediante adendas.

Construcciones del Este, S.A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-694-2025 de fecha 29 de abril de 2025.

Equilibrio económico del Contrato

Modificaciones al Contrato

Es deber de las partes contratantes al momento de perfeccionar adendas o modificaciones al contrato, evaluar todos los costos adicionales y pagos adicionales que estas modificaciones van a significar para el contratista y para la entidad contratante respectivamente.

Palacios, Vásquez & Asociados/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1575-2022 con fecha 22 de noviembre de 2022.

Modificaciones al Contrato.