Normas Reguladoras

DGCP-DF-2024-014

En la celebración del procedimiento de selección de contratista y en las contrataciones públicas en general, se dará cumplimiento a las normas constitucionales, al contenido de esta Ley y leyes complementarias, a las normas reglamentarias que se dicten al efecto, a las estipulaciones contenidas en los pliegos de cargos y a los contratos. En caso de conflicto, se atenderá el orden de prelación indicado en este párrafo. Los vacíos en el procedimiento de selección de contratista, así como en el desarrollo del contrato hasta su liquidación, se llenarán con la aplicación de las normas de procedimiento administrativo general y, en su defecto, con los principios y las normas del procedimiento civil y comercial.

MUNICIPIO DE BALBOA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante

DGCP-DF-2023-293

Corresponde a la entidad licitante, en su condición de ente gestor del acto público y responsable del desarrollo del procedimiento de selección de contratista, garantizar el libre acceso de los proponentes al contenido de las propuestas presentadas de forma electrónica, para así dar cumplimiento a los referidos principios rectores de las Contrataciones Públicas.

EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A. (ETESA)./ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

                                                                 Resolución

Acto Público Exceso de Formalismos

DGCP-DF-2023-263

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que en los procedimientos de selección de contratistas, las entidades deben hacer prevalecer el cumplimiento de la finalidad del Acto Público, evitando exceso de formalismos que pudiesen entorpecer su desarrollo y continuidad, lo establece el Artículo 29 del Texto Único de la Ley de Contrataciones Públicas. 

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Informes de Comisión Modificación de Informes

DGCP-DF-2023-088

Se debe tener en cuenta que la modificación de los informes no puede realizarse de manera arbitraria, sino que debe estar fundamentada en razones objetivas y justificadas que permitan garantizar el correcto desarrollo del proceso de contratación pública.

Caja del Seguro Social- Complejo Amador Guerrero / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución