Entidad Licitante Desarrollo del Acto Público

DGCP-DF-2024-017

La responsabilidad de la Entidad Licitante es que se desarrolle el Acto Público bajo los preceptos procedimentales que correspondan, esta debe hacer valer de forma debida y consecuente el procedimiento de selección de contratistas que corresponda mediante las diligencias de instrucción a los miembros de las respectivas Comisiones, dando así certeza y seguridad procesal sobre el método utilizado en la verificación o evaluación de las propuestas presentadas por quienes se constituyan en Proponentes en dichos Actos Públicos.

Instituto de Innovación Agropecuaria/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Acto Público Particularidades

DGCP-DF-2023-292

La Dirección General de Contrataciones Públicas considera prudente señalar que, cada Acto Público tiene sus particularidades especiales; en este sentido,  ha mantenido una conducta de abstenerse de emitir concepto sobre Actos Públicos pasados y bajo ningún concepto, realizará la valoración de documentos que reposan en las propuestas de dichos actos, siendo que estos como se ha dicho se componente de condiciones distintas y comisiones autónomas en sus decisiones.

EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A. (ETESA)./ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

            Resolución

Acto Público Exceso de Formalismos

DGCP-DF-2023-263

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que en los procedimientos de selección de contratistas, las entidades deben hacer prevalecer el cumplimiento de la finalidad del Acto Público, evitando exceso de formalismos que pudiesen entorpecer su desarrollo y continuidad, lo establece el Artículo 29 del Texto Único de la Ley de Contrataciones Públicas. 

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Compra Pública Principios

DGCP-DF-2023-268

Las entidades licitantes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 22 de 2006, así como los proponentes, contratistas y demás interesados que intervienen en el proceso de contratación, están obligados a cumplir las normas y principios contenidos en el Código de Ética de la Contratación Pública en todas las etapas del proceso de la compra pública.

INSTITUTO CONMEMORATIVO GORGAS DE ESTUDIOS DE LA SALUD /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Manejo del Acto Público

DGCP-DF-2023-125

Es responsabilidad de la Entidad Licitante el manejo y la dirección del Acto Público en todas sus fases, desde la identificación de la necesidad de suplir los bienes, el desarrollo del Procedimiento de Selección de Contratista hasta el manejo y gestión del contrato.

Ministerio de Seguridad Pública / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Responsabilidad

DGCP-DF-2023-229

Es responsabilidad de la Entidad Licitante que se desarrolle el Acto Público bajo los preceptos procedimentales que correspondan, esta debe hacer valer de forma debida y consecuente el procedimiento de selección de contratistas que corresponda mediante las diligencias de instrucción a los miembros de las respectivas Comisiones, dando así certeza y seguridad procesal sobre el método utilizado en la verificación o evaluación de las Propuestas presentadas por quienes se constituyan en Proponentes en dichos Actos Públicos.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Responsabilidad de la Entidad Licitante Desarrollo del Acto Público

DGCP-DF-2023-239

En el contexto de responsabilidad de la Entidad Licitante en que se desarrolle el Acto Público bajo los preceptos procedimentales que correspondan, esta debe hacer valer de forma debida y consecuente el procedimiento de selección de contratistas que corresponda mediante las diligencias de instrucción a los miembros de las respectivas Comisiones, dando así certeza y seguridad procesal sobre el método utilizado en la verificación o evaluación de las Propuestas presentadas por quienes se constituyan en Proponentes en dichos Actos Públicos.

SISTEMA ESTATAL DE RADIO Y TELEVISIÓN/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Gestor del Acto Público

DGCP-DF-2023-126

La entidad es responsable por sus actuaciones en el manejo y dirección del Acto Público, siendo su obligación procurar la obtención del mayor beneficio para el Estado y el interés público.

Ministerio de Seguridad Pública / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Acta de Apertura de Propuesta Devolución de la Fianza de Propuesta

DGCP-DF-2023-216

La normativa dispone que los proponentes vencidos o cuya propuesta haya sido rechazada, puedan solicitar la devolución de la fianza de propuesta, lo cual trae como consecuencia que renuncian a toda reclamación sobre la adjudicación de la licitación; sin embargo, ello no implica que los oferentes que no solicitan su devolución, mantienen la condición de proponentes ya que esta se desvanece frente al rechazo de propuesta que declara la entidad licitante en el acto público y frente al cual no se presentó acción de reclamo en el momento procesal oportuno, es decir, dentro del día hábil siguiente en que se declaró el rechazo de plano.

METRO DE PANAMÁ, S.A. / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Rechazo de Plano de Propuesta Fianza de Propuesta

DGCP-DF-2023-217

Las consecuencias de la desatención de un precepto legal y de las exigencias del pliego de cargos aplicables a una garantía precontractual (fianza de propuesta) en cuanto a la vigencia requerida, no pueden supeditarse al ejercicio potestativo de la facultad del proponente en cuanto a solicitar o no la devolución de la fianza de propuesta correspondiente.

METRO DE PANAMÁ, S.A. / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución