Contrataciones Menores Municipios, Juntas Comunales, Consejos Provinciales y Comarcales

La funcionalidad en el portal electrónico fue habilitada con la finalidad de transparentar las adquisiciones realizadas bajo el amparo de la Ley 349 de 2022, en el rango de los diez mil balboas (B/.10,000.00) sin exceder de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00), es decir, de publicar tanto el aviso de convocatoria, así como el contrato u orden de compra debidamente refrendados de estas adquisiciones y la misma no desarrolla un flujo sistematizado distinto que habilite otras opciones como las señaladas en su misiva que permitan completar los distintos flujos o fases del proceso de contratación que a bien tengan realizar los municipios.

Municipio de San Miguelito/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1328-2024 de fecha 18 de septiembre de 2024.

Compras menores régimen municipal

Publicación de la Orden de Compra

Del artículo 71 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende entonces, la obligación que tienen las entidades contratantes de publicar las órdenes de compras debidamente refrendadas, una vez se haya cumplido con las formalidades establecidas para este tipo de acto público, así como la publicación de la respectiva Resolución de Adjudicación, tal cual es el caso que nos ocupa.

Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales/ Nota No. DGCP-DS-DJ-189-2024 de fecha 29 de febrero de 2024/ Acto público No.2021-2-66-0-02-CM-018576.

Publicación de la Orden de compra 

Contrato y Orden de Compra

El Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, en su artículo 2 numeral 18 contrato público y numeral 34 de Orden Compra, podemos colegir que, la naturaleza jurídica tanto para un contrato, como para la orden de compra, tienen la misma finalidad en materia de contratación pública, la de formalizar la relación contractual generando derechos y obligaciones para ambas partes conforme a derecho, teniendo la orden de compra como limitante y/o diferencia únicamente, que puede ser utilizada de forma eventual siempre que el monto no exceda de doscientos cincuenta mil balboas (B/.250 000.00).

Municipio de Bugaba/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1258-2023 de fecha 13 de julio de 2023

Orden de Compra

Contrato y Orden de Compra

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que, la entidad podrá formalizar la relación contractual con el contratista que resulte beneficiado con la adjudicación del proceso de selección de contratista que lleve a cabo, ya sea a través de un contrato u orden de compra, sin que ello se interprete como una limitante a la función fiscalizadora que ejerce la Contraloría General de la República.

Municipio de Bugaba/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1258-2023 de fecha 13 de julio de 2023

Contrato y Orden de Compra