DGCP-DF-2023-272
La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que en el momento de estructurar el pliego de cargos, la entidad no debía incluir como requisito obligatorio la presentación de la declaración jurada de renuncia a reclamación diplomática, puesto que el Artículo 99 del Texto Único de la Ley N° 22 del 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley N° 153 de 2020,
UNIVERSIDAD DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).