Incapacidad Legal para Contratar con el Estado

DGCP-DF-2023-212

Junto con la propuesta, todo proponente deberá presentar una declaración jurada suscrita por el representante legal, sea persona natural o persona jurídica en la que deberá certificar que no se encuentran incapacitado para contratar con el Estado.

CAJA DE SEGURO SOCIAL/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Incapacidad Legal para Contratar con el Estado

DGCP-DF-2023-213

Cuando la entidad licitante determine, antes de la adjudicación, que alguno de los proponentes carece de capacidad para contratar con el Estado desestimará la propuesta motivándolo en la resolución que pone fin a la etapa precontractual.

CAJA DE SEGURO SOCIAL/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar

DGCP-DF-2023-220

La Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar está dirigida a garantizar que los proponentes, sean personas jurídicas o las personas naturales que las conformen como accionistas, dignatarios, directores o representantes legales, que participen en actos públicos de contratación, no se encuentran impedidos de participar en dichos actos, atendiendo a los supuestos que se establecen en las disposiciones contenidas en el Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 que regula la contratación pública.

Caja del Seguro Social/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar

DGCP-DF-2023-221

La participación de los proponentes en los actos públicos que celebran las entidades bajo el ámbito de aplicación del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley No. 153 de 2020, está condicionada a la presentación y cumplimiento de diversos requisitos, entre los cuales se encuentra la aportación de la Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar suscrita por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica que participa, en la que se deberá certificar que no se encuentran incapacitados para contratar con las entidades estatales, es decir, que no se encuentran comprendidos en ninguna de las causales establecidas en el artículo 24 del citado Texto Único.

Caja del Seguro Social/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar

DGCP-DF-2023-222

La inhabilitación de un contratista le impide participar en procedimientos de selección de contratista y celebrar contratos con el Estado mientras dure la inhabilitación, la cual es efectiva a partir de su registro en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra” y surte efectos para actos y contratos que no hayan sido perfeccionados.

Caja del Seguro Social/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar

DGCP-DF-2023-223

Luego de las reformas introducidas al Texto Único de la Ley 22 de 2006, por medio de la Ley 153 de 2020, se establecieron nuevas causales de incapacidad legal para contratar con el Estado, incluyendo aquellas atinentes a personas jurídicas en las cuales participen personas que hayan formado parte como dignatarios, directores, accionistas y/o representante legal de personas inhabilitadas para contratar con el Estado, siempre que hayan ostentado uno de dichos cargos al momento de la inhabilitación (Cfr. Numeral 11, Artículo 24 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020).

Caja del Seguro Social/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Incapacidad Legal para Contratar Presentación Electrónica

DGCP-DF-2023-174

La modificación del Artículo 8 del Decreto Ejecutivo N° 439 de 2020, relacionado a la Incapacidad Legal para Contratar, los proponentes que formulen una propuesta dentro un Acto Público, deberán declarar que no se encuentran incapacitados para contratar con el Estado, la cual será suscrita a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

MINISTERIO DE GOBIERNO/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar

DGCP-DF-2023-162

El Artículo 1 del Decreto Ejecutivo 34 de 2022 que modifica el Artículo 8 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020, dispone que la declaración jurada de incapacidad legal para contratar se presenta a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, el cual incluye un modelo de declaración según lo establece la Ley de Contrataciones Públicas.

AUTORIDAD MARITIMA / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Principios en la Contratación Pública Principio de Transparencia

DGCP-DF-2019-058

Las Entidades Licitantes, no podrán designar una misma Comisión Verificadora o evaluadora por todo un año para los Actos Públicos que celebren, toda vez que contravendría el Principio de Transparencia que rige la Contratación Pública.

Ministerio de Salud /Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Onerosidad y Riesgosidad Propuesta

DGCP-DF-2020-019

Al establecerse un margen de riesgo u onerosidad en el Pliego de Cargos, las ofertas que se presenten deben estar sujetas al margen sugerido, el cual no podrá ser inferior ni estar por encima del porcentaje estipulado, de lo contrario, las propuestas serán consideradas onerosas o riesgosas.

Benemérito Cuerpo de Bomberos/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución