Incapacidad Legal para Contratar Presentación Electrónica

DGCP-DF-2023-174

La modificación del Artículo 8 del Decreto Ejecutivo N° 439 de 2020, relacionado a la Incapacidad Legal para Contratar, los proponentes que formulen una propuesta dentro un Acto Público, deberán declarar que no se encuentran incapacitados para contratar con el Estado, la cual será suscrita a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

MINISTERIO DE GOBIERNO/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar

DGCP-DF-2023-162

El Artículo 1 del Decreto Ejecutivo 34 de 2022 que modifica el Artículo 8 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020, dispone que la declaración jurada de incapacidad legal para contratar se presenta a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, el cual incluye un modelo de declaración según lo establece la Ley de Contrataciones Públicas.

AUTORIDAD MARITIMA / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Principios en la Contratación Pública Principio de Transparencia

DGCP-DF-2019-058

Las Entidades Licitantes, no podrán designar una misma Comisión Verificadora o evaluadora por todo un año para los Actos Públicos que celebren, toda vez que contravendría el Principio de Transparencia que rige la Contratación Pública.

Ministerio de Salud /Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Onerosidad y Riesgosidad Propuesta

DGCP-DF-2020-019

Al establecerse un margen de riesgo u onerosidad en el Pliego de Cargos, las ofertas que se presenten deben estar sujetas al margen sugerido, el cual no podrá ser inferior ni estar por encima del porcentaje estipulado, de lo contrario, las propuestas serán consideradas onerosas o riesgosas.

Benemérito Cuerpo de Bomberos/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Declaraciones Juradas Declaración Jurada de Acciones Nominativas

DGCP-DF-2019-041

Mediante Circular No.DGCP-DS-019-2019 de 12 de septiembre de 2019, la Dirección General de Contrataciones Públicas estableció un nuevo procedimiento para la presentación de la Declaración Jurada de Beneficiario Final de Acciones Nominativas, la cual surte efecto desde la publicación de la citada circular, indicando que esta declaración debe ser presentada vía electrónica, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

 

Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Declaración Jurada Exigencia

DGCP-DF-2019-008

Si el Pliego de Cargos exige la aportación de una Declaración Jurada, esta debe ser suscrita por el proponente y no por un tercero, a efectos que la Entidad Licitante obtenga una seguridad y garantía suficiente, en cuanto a lo que se certifica.

Secretaria Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación/Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de cien mil balboas (B/.100,000.00).

 

Resolución