Falsedad de Información o Documento

De los artículos 9 y 10 del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020, modificado por el Decreto Ejecutivo No.34 de 24 de agosto de 2022, que reglamenta la materia de Contratación Pública se desprende con total claridad que será la entidad licitante, quien luego de iniciado el procedimiento administrativo correspondiente, valide después de la investigación, si en efecto dentro del denunciado acto de selección de contratista fueron presentados documentos que devienen en falsos, lo cual una vez acreditado mediante resolución administrativa en firme, será comunicado Dirección General de Contrataciones Púbicas para su correspondiente registro.

Instituto de Investigación Científica y Servicios de Alta Tecnología, AIP/ Nota N° DGCP-DS-DJ-1898-2023 de fecha 06 de octubre de 2023/ Acto Público N°2023-6-02-0-08-LP-002678.

Falsedad de Información

Inhabilitación por Falsedad de Información

 

El artículo 189 del Decreto Ejecutivo N°40 de 10 de abril de 2018, dispone que para solicitar la inhabilitación por falsedad de información o documentación, la entidad deberá comprobar, mediante las normas del procedimiento administrativo general en materia de pruebas, que se han aportado dichos documentos, estableciendo mediante resolución administrativa su decisión, señalando en la solicitud a la Dirección General de Contrataciones Públicas los hechos y aportando copia autenticada de los documentos que sustenten la falsedad.

Hospital Materno Infantil José Domingo de Obaldía/ Nota N°DGCP-DG-DJ-803-2019 de 26 de agosto de 2019

Inhabilitación por Falsedad de Información

Entidad Licitante Falsedad de Información

DGCP-DF-2022-038

Puede la Entidad Licitante hacer uso de la facultad de legal de abrir una investigación por presunta falsedad de información, si lo estima necesario, ya sea de oficio o a petición de parte.

Ministerio de Obras Públicas/Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,00.00).

Resolución