Hospital Materno Infantil José Domingo de Obaldía/ Nota N°DGCP-DG-DJ-803-2019 de 26 de agosto de 2019 |
Hospital Materno Infantil José Domingo de Obaldía/ Nota N°DGCP-DG-DJ-803-2019 de 26 de agosto de 2019 |
La Dirección General de Contrataciones Públicas insta a la entidad a iniciar el procedimiento administrativo general a fin de deslindar las responsabilidades administrativas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en los artículos 9 y 10 del Decreto Ejecutivo N°439 de 2020 y en la Circular N°DGCP-DS-069-2021 de 20 de octubre de 2021, que establecen el procedimiento para inhabilitar a un proponente por falsedad en la información o documentación.
Ministra de Gobierno/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1698-2021 de fecha 15 de diciembre de 2021.
Las entidades licitantes que, previa investigación administrativa, comprueben que se ha incurrido en falsedad de documentación o información falsa, dentro del procedimiento de selección de contratista, en contravención del principio de presunción de la autenticidad, estos se considerarán inválidos y no producirán efectos jurídicos; en consecuencia, la entidad emitirá una resolución en la que aplicará la sanción de inhabilitación, la cual una vez ejecutoriada será remitida a la Dirección General de Contrataciones Públicas, para el registro correspondiente.
Ministra de Gobierno/ N°DGCP-DS-DJ-1698-2021 de fecha 15 de diciembre de 2021.
Ministra de Gobierno/ Nota N°.DGCP-DS-DJ-1698-2021 de fecha 15 de diciembre de 2021.
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