Reunión Previa y Homologación Solicitud de los Interesados

El párrafo segundo del artículo 52 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, señala que, en los casos de los actos cuyo monto no exceda los ciento setenta y cinco mil balboas (B/.175.000.00), se realizará la reunión previa y homologación cuando así lo soliciten los interesados en participar en dicho acto, con una anticipación no menor de dos días hábiles antes de la fecha de su celebración, igualmente los proveedores pueden presentar solicitudes y consultas formales por escrito a la entidad antes del acto público.

EJ Legal Group/ Nota N°DGCP-DJ-113-2023 de fecha 27 de abril de 2023.

Reunión Previa y Homologación.

Documentos Estandarizados Requisitos

El contenido establecido en los documentos estandarizados constituirá un mínimo de requisitos que deberán ser satisfechos por los proponentes, de forma tal que no podrán obviar la información ahí solicitada; sin embargo, esta ordenanza no impide que los mismos puedan ser presentados en hojas membretadas de las empresas proponentes, siempre y cuando no se menoscabe el contenido de los mismos.

Caja de Seguro Social, Chiriquí/ Nota N°DGCP-DJ-120-2022 con fecha 12 de julio de 2022.

Documentos Estandarizados.

Consorcio o Asociación Accidental Presentación de Propuestas

DGCP-DF-2023-150

En los casos en que los proponentes participen utilizando la figura jurídica de consorcio o asociación accidental, las empresas que lo conforman deberán aportar todos los requisitos obligatorios comunes establecidos en la plantilla electrónica del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”; sin embargo, para el cumplimiento de los demás requisitos, cualquiera de las empresas que conforman el consorcio o asociación accidental podrá aportar estos documentos, sin que esto conlleve la descalificación del proponente.

INSTITUTO TÉCNICO SUPERIOR ESPECIALIZADO/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Finalidad

DGCP-DF-2023-178

Los Pliegos de Cargos deben constituirse en el medio eficaz que permita a los Proponentes estructurar sus ofertas, de forma clara y expedita, y que los requisitos exigidos por la Entidad Licitante tengan como finalidad llenar las diferentes expectativas contractuales futuras o enmarquen las falencias en la designación de las obligaciones o responsabilidades inherentes a la participación de todo tipo de Proponente como persona natural o jurídica, o bien concurriendo usando la figura de Consorcio o Asociación Accidental.

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Inspección o Visita Previa al Sitio

DGCP-DF-2023-192

La Dirección General de Contrataciones Públicas reconoce la importancia y trascendencia que tiene para los proponentes (futuros contratistas), asistir a la inspección o visita previa al sitio, toda vez que esto facilita la elaboración de las propuestas y permite conocer más ampliamente los alcances de la contratación.

SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Presentación de Acciones Legales Gastos Legales

El Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, no contempla dentro de su articulado remuneración económica o compensación por gastos incurridos por la presentación de acciones legales, por parte de los proponentes, máxime cuando la misma ley previamente citada, le otorga los medios de impugnación correspondiente a los proponentes que se consideren afectados dentro de un proceso de selección de contratistas.

LINE-X- PANAMA CORP./ Nota N° DGCP-DS-062-2022 de fecha 12 de abril de 2022.

Remuneración económica 

Propuesta Responsabilidad de los Proponentes

Del Artículo 74 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 2006, se puede entender que los proponentes serán responsables por la propuesta presentada a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, de su fiabilidad e integridad, por lo cual, el usuario que realiza las acciones en el sistema deberá comprobar antes de enviar su propuesta, que todos los archivos que acompañen la misma, estén dentro del contenido la misma.

TERESA SPINA GIBBS/ Nota N°DGCP-DJ-046-2022 con fecha 10 de marzo de 2022/ Acto público N°2022-2-66-0-99-LP-019088.

Propuesta.

Entidad Licitante Contenido del Pliego de Cargos

DGCP-DF-2023-111

Es facultad de la Entidad Licitante determinar el contenido del Pliego de Cargos y las exigencias formales que deben atender los proponentes.

Ministerio de Cultura / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Igualdad de Oportunidad de los Proponentes Actuación Imparcial

DGCP-DF-2023-091

El Principio de igualdad de oportunidad de los proponentes, garantiza la actuación imparcial de las entidades públicas dentro del Procedimiento de Selección de Contratista en todas sus etapas, permitiendo a los proponentes hacer ofrecimientos de la misma índole y tener las mismas posibilidades de resultar adjudicatarios.

Ministerio de Seguridad Pública /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Declaración de Incapacidad Legal para Contratar Vía Electrónica

El artículo 8 del Decreto Ejecutivo No.439 de 2020, modificado por el Decreto Ejecutivo No.34 de 2022 establece que todo proponente debe presentar, por medio electrónico, una declaración en la que indique que no se encuentra incapacitado para contratar con el Estado, con la finalidad de reducir formalismos en cuanto a este requisito.

Metro de Panamá, S.A/ Nota N°DGCP-DJ-DS-1315-2022 con fecha 12 de octubre de 2022/ Acto Público N°2022-2-80-0-08-CM-005107.

Declaración de incapacidad legal.