Compra Pública Principios

DGCP-DF-2023-268

Las entidades licitantes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 22 de 2006, así como los proponentes, contratistas y demás interesados que intervienen en el proceso de contratación, están obligados a cumplir las normas y principios contenidos en el Código de Ética de la Contratación Pública en todas las etapas del proceso de la compra pública.

INSTITUTO CONMEMORATIVO GORGAS DE ESTUDIOS DE LA SALUD /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Presentación de Propuesta

DGCP-DF-2023-262

La entidad licitante debe establecer un plazo de tiempo razonable para que los interesados puedan obtener la documentación debida, cumpliendo las formalidades que exige la Ley de Contrataciones Públicas y el pliego de cargos, para así promover una mayor participación de proponentes.

EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A. (ETESA) / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Responsabilidad de la Entidad Licitante

DGCP-DF-2023-261

La entidad es responsable de determinar los aspectos esenciales que mínimamente deben cumplir los proponentes al momento de acreditar experiencia en el suministro de los bienes que se pretenden adquirir, lo cual implica solicitar un valor económico mínimo de la experiencia a ser aportada así como la determinación del objeto suministrado, el cual debe coincidir con el objeto de la contratación.

EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A. (ETESA)./ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Documento Rector

DGCP-DF-2023-244

Es preciso aclarar que el Pliego de Cargos constituye el documento rector de la contratación y contiene los requerimientos técnicos mínimos que deben atender los proponentes y cuyo cumplimiento debe ser verificado por la Comisión, por lo que sus miembros deben actuar en estricto apego a sus exigencias.

AUTORIDAD PANAMEÑA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Igualdad de Oportunidad de los Proponentes

DGCP-DF-2023-142

Principio de igualdad de oportunidad de los proponentes. Este principio tiene por objeto garantizar la actuación imparcial de las entidades públicas dentro del procedimiento de selección de contratista en todas sus etapas, que les permita a los proponentes hacer ofrecimientos de la misma índole y tener las mismas posibilidades de resultar adjudicatarios.

MINISTERIO DE SALUD- HOSPITAL CECILIO A. CASTILLERO C. / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Licitación por Mejor Valor Cumplimiento de Requisitos

DGCP-DF-2023-096

Para el procedimiento de la Licitación por Mejor Valor, es de vital importancia que las propuestas cumplan con los requisitos mínimos obligatorios o términos de referencia definidos en el Pliego de Cargos y una vez comprobado el cumplimiento de dichos requisitos por parte de cada uno de los Proponentes, la Comisión Evaluadora pasará a evaluar los aspectos técnicos, económicos, administrativos y financieros ofertados por los Proponentes, resultando en la adjudicación a aquel que obtenga el mayor puntaje en la metodología de ponderación especificada en el Pliego de Cargos.

Municipio de Panamá / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Consorcio o Asociación Accidental Cumplimiento de Requisitos Obligatorios

DGCP-DF-2023-104

En los casos en que los proponentes participen utilizando la figura jurídica de consorcio o asociación accidental, las empresas que lo conforman deberán aportar todos los requisitos obligatorios comunes establecidos en la plantilla electrónica del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”; sin embargo, para el cumplimiento de los demás requisitos, cualquiera de las empresas que conforman el consorcio o asociación accidental podrá aportar estos documentos, sin que esto conlleve la descalificación del proponente.

Autoridad Aeronáutica Civil / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Visita al Sitio

DGCP-DF-2023-107

La Dirección General de Contrataciones Públicas reconoce la importancia y trascendencia que tiene para los proponentes (futuros contratistas), asistir a la visita previa al sitio en que se desarrollará la obra objeto del Acto Público, toda vez que esto facilita la elaboración de las propuestas y permite conocer más ampliamente los alcances de la obra; sin embargo, no es obligación de la Entidad Licitante programar dicha visita, al no ser una fase o etapa obligatoria dentro del Proceso de Selección de Contratista.

Autoridad Aeronáutica Civil / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Contrato Llave en Mano

DGCP-DF-2023-132

La obligación principal que asume el Estado en los contratos llave en mano es el pago del precio de la obra, previamente negociado con los proponentes y regulado en el pliego de cargos. En estos contratos el monto de la fianza de cumplimiento a consignar por el contratista podrá ser de hasta el 100 % del valor del contrato.

Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Acta de Apertura de Propuesta Devolución de la Fianza de Propuesta

DGCP-DF-2023-216

La normativa dispone que los proponentes vencidos o cuya propuesta haya sido rechazada, puedan solicitar la devolución de la fianza de propuesta, lo cual trae como consecuencia que renuncian a toda reclamación sobre la adjudicación de la licitación; sin embargo, ello no implica que los oferentes que no solicitan su devolución, mantienen la condición de proponentes ya que esta se desvanece frente al rechazo de propuesta que declara la entidad licitante en el acto público y frente al cual no se presentó acción de reclamo en el momento procesal oportuno, es decir, dentro del día hábil siguiente en que se declaró el rechazo de plano.

METRO DE PANAMÁ, S.A. / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución