Licitación Pública Comisión verificadora y observaciones al informe

Del numeral 12 del artículo 58 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende que aquellos participantes del acto público por Licitación Pública, una vez publicado el Informe de la Comisión Verificadora, contarán con el término de tres días hábiles para realizar sus observaciones al mismo, como requisito previo para la presentación de una acción de reclamo ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.

Belkis López/ Nota No. DGCP-DS-DJ-2333-2025 de fecha 24 de noviembre de 2025

Licitación Pública

Procedimiento de selección de contratista Definición de acto público

El procedimiento de licitación pública tiene como finalidad principal promover la participación abierta y competitiva de múltiples proponentes, lo cual favorece la obtención de alternativas más eficientes y beneficiosas para los intereses económicos del Estado, según lo consagrado en el numeral 2 del artículo 2 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 153 de 2020, que define el acto público.

Autoridad de Micro, Pequeña y Mediana Empresa/Nota No.DGCP-DS-DJ-1982-2025 de fecha 16 de octubre de 2025

Definición de Acto Público

Procedimiento de selección de contratista Licitación Pública

Del numeral 33 del artículo 2 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se extrae con total claridad que el propósito del proceso de selección de contratista bajo la modalidad de licitación pública no solo se ciñe a tener el precio como elemento concluyente, sino que también está sujeto al cumplimiento íntegro de las especificaciones técnicas exigidas por la entidad licitante en su pliego de cargos, aspectos que para el caso bajo estudio adquieren mayor relevancia en virtud de lo señalado en el artículo 51 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, dado a que la empresa, presentó su propuesta, dando con ello a entender que aceptaba sin reservas, ni condiciones todo el contenido del pliego de cargos.

Hospital Regional Nicolás Solano/ Nota No.DGCP-DS-DJ-1302-2025 de fecha 5 de agosto de 2025

Procedimiento de selección de contratista por Licitación Pública

Subasta de Bienes Públicos Valor Estimado

De acuerdo al numeral 9 del artículo 63 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, el valor estimado será definido por el promedio que resulte entre el valor del avalúo realizado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el correspondiente a la Contraloría General de la República, por lo cual, la entidad debe establecer el monto inicial de la subasta, conforme a este valor promedio. Esta disposición no da margen a interpretar que se pueda establecer un monto superior al valor estimado, como está regulado.
Transporte Masivo de Panamá, S.A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-211-2025 de fecha 12 de febrero de 2025/ Acto Público No.2024-2-81-01-08-SB-004594.

Licitación de Convenio Marco Condiciones técnicas

La Dirección General de Contrataciones Públicas, es responsable de velar por que las condiciones técnicas ofrecidas al momento de la propuesta sean mantenidas a lo largo de la ejecución del contrato, y a su vez, tiene la facultad de retirar de manera definitiva el renglón en el que se incurra en este supuesto, tal y como lo dispone el numeral 7 del artículo 61 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Inversiones Ayli, S.A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-514-2025 de fecha 27 de marzo de 2025.

Licitación de Convenio Marco 

Tienda Virtual Verificar la disponibilidad del Producto

La Dirección General de Contrataciones Públicas, ha emitido la Circular Núm. DGCP-DS-DPYGC-35-2024 de 18 de septiembre de 2024, que señala que antes de iniciar un procedimiento de contratación, las entidades deben verificar si los productos o servicios que requieren están disponibles en la tienda virtual. Si están disponibles, están obligadas a adquirirlos a través de esta, a menos que justifiquen que es más beneficioso proceder de otra manera, lo cual requiere autorización.

Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario/ Nota No. DGCP-SG-DJ-01-2024 de fecha 14 de octubre de 2024.

Tienda Virtual

 

Contrataciones Menores Municipios, Juntas Comunales, Consejos Provinciales y Comarcales

A partir de la entrada en vigencia de la Ley 349 de 14 de diciembre de 2022, los municipios, quedaban excluidos únicamente del ámbito de aplicación del artículo 57 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, debiendo éstos celebrar sus procesos de contrataciones menores de bienes, servicios y obras dentro del rango de los diez mil balboas (B/.10,000.00) sin exceder de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00), bajo los procedimientos establecidos en el artículo 5 de la Ley 106 de 1973 que adicionaba el artículo 110-A, debiendo la entidad licitante una vez culminado su proceso de contratación menor, publicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra” la orden de compra o contrato a favor del contratista adjudicado.”

Municipio de San Miguelito/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1328-2024 de fecha 18 de septiembre de 2024.

Compras menores régimen municipal

Contrataciones Menores Municipios, Juntas Comunales, Consejos Provinciales y Comarcales

El Manual de Adquisiciones de Bienes, Servicios u Obras para Contrataciones Menores en los Municipios, Juntas Comunales, Consejos Provinciales y Comarcales, elaborado por la Contraloría General de la República, el que estableció con la intención de cumplir con los principios de transparencia y publicidad, que los municipios si lo consideraban viable, utilizaran como última opción para publicar su aviso de convocatoria, el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, y es, en virtud de ello que se habilitó esta funcionalidad en el portal, la cual se encuentra en la sección denominada “Accesos Directos”, “Procedimiento Especial para Municipios, Juntas Comunales y Consejos Provinciales”; “Publicaciones Ley 349”, y que, es utilizada en la actualidad por las entidades bajo el ámbito de aplicación de la Ley 349 de 2022, únicamente para fines de transparencia.

Municipio de San Miguelito/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1328-2024 de fecha 18 de septiembre de 2024.

Compras menores régimen municipal

Contrataciones Menores Municipios, Juntas Comunales, Consejos Provinciales y Comarcales

La funcionalidad en el portal electrónico fue habilitada con la finalidad de transparentar las adquisiciones realizadas bajo el amparo de la Ley 349 de 2022, en el rango de los diez mil balboas (B/.10,000.00) sin exceder de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00), es decir, de publicar tanto el aviso de convocatoria, así como el contrato u orden de compra debidamente refrendados de estas adquisiciones y la misma no desarrolla un flujo sistematizado distinto que habilite otras opciones como las señaladas en su misiva que permitan completar los distintos flujos o fases del proceso de contratación que a bien tengan realizar los municipios.

Municipio de San Miguelito/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1328-2024 de fecha 18 de septiembre de 2024.

Compras menores régimen municipal

Justificación de Excepción de uso de Plataforma Cotizaciones en Línea Contratación menor

En el caso de contrataciones menores que no excedan de diez mil balboas (B/.10, 000.00), esta Dirección incorporó al listado de documentos estandarizados, el documento OTR-0001 denominado “JUSTIFICACIÓN DE EXCEPCIÓN DE USO DE PLATAFORMA DE COTIZACIONES EN LÍNEA”, con el objetivo de guiar y dotar de mayor eficiencia y eficacia a los procesos de adquisiciones de las entidades contratantes del Estado, toda vez que mal podríamos desconocer que pueden suscitarse situaciones excepcionales que imposibiliten el uso de la plataforma de cotizaciones en línea.

Policía Nacional/ Nota No. DGCP-DS-DJ-810-2024 con fecha 12 de julio de 2024.

Justificación de Excepción de uso de Plataforma Cotizaciones en Línea en Contrataciones menores.