Del artículo 1 de la Ley 5 de 11 de enero de 2007, que agiliza el proceso de apertura de empresas y establece otras disposiciones, se desprende que es el Ministerio de Comercio e Industrias, la entidad regente en materia de la expedición del correspondiente aviso de operaciones, siendo a su vez la entidad responsable de velar por el completo cumplimiento de las disposiciones que regulan su validez en la República de Panamá.
Recientes
Rechazo de Propuesta Compensación de los gastos
Si la entidad contratante desde la óptica del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, como norma supletoria, considera necesario ejercer bajo su responsabilidad, la facultad extraordinaria de rechazo de propuesta, debemos indicar que tomando en consideración el principio de seguridad jurídica al cual hace alusión en su misiva, deberá contemplar la compensación de los gastos incurridos por cada uno de los consorcios adjudicatarios del proceso de selección de contratista, en atención a lo señalado en el artículo 74 de la citada normativa, decisión que también puede ser objeto del correspondiente recurso ante el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas.
Programa Saneamiento de Panamá/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1734-2024 de fecha 14 de noviembre de 2024/ Acto Público No.2023-0-12-0-15-LV-043310.
Compensación de Rechazo de Propuesta
Equilibrio Económico del Contrato Establecerse de forma clara
El articulo 13 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, establece la obligación que tienen las entidades contratantes de dirigirse estrictamente a lo establecido o estipulado por la Ley, el contrato y el pliego de cargos, aspecto que nos indica de forma clara que la figura y el procedimiento del equilibrio económico del contrato es propio de la etapa de ejecución de mismo y debe formar parte íntegra de éste para así poder el contratista hacer exigibles las obligaciones por parte del Estado.
Equilibrio Económico del Contrato
Durante la ejecución de los contratos públicos, la Ley prevé la posibilidad de que puedan suscitar situaciones que puedan afectar el normal desarrollo de éstos, produciéndose un desequilibrio económico, el cual generalmente constituye afectaciones económicas para las partes. Cuando esto ocurre, el Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, establece en su artículo 13, que es una obligación de la entidad contratante adoptar las medidas para mantener, durante el desarrollo y la ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras prevalecientes al momento de contratar.
Equilibrio Económico de Contrato
El artículo 21 del Texto Único de la Ley 22 del 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, establece que si bien el equilibrio económico puede ser aducido durante la vigencia del contrato, esto se encuentra estrictamente ligado a la forma de ser establecido, como lo señala el artículo 21 antes citado: “…en la forma prevista en la modificación del contrato, cuyo pago adicional, si lo hubiera, se realizará de la manera establecida en el contrato modificado…”. Por tal motivo, mal podríamos interpretar la vigencia del contrato como algo distinto o independiente de la forma de perfeccionar el equilibrio económico contractual.
Consulting Design Development Engineering, S.A./ Nota No. DGCP-DS-DJ-1274-2024 de fecha 11 de septiembre de 2024.
Obligaciones de las Entidades Contratantes Interés Público
Este ha sido el criterio sostenido de la Dirección General de Contrataciones Públicas, al señalar que la finalidad que se debe perseguir en la contratación pública es el interés público. Es por esta razón, que el artículo 21 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece como obligación de las entidades contratantes y los servidores públicos que intervienen en el proceso, la de obtener el mayor beneficio para el Estado y el interés público, así como seleccionar al contratista de tal forma que se vele siempre porque la propuesta seleccionada sea la más favorable a la entidad y a los fines que esta persigue.
Programa Saneamiento de Panamá/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1734-2024 de fecha 14 de noviembre de 2024/ Acto Público No.2023-0-12-0-15-LV-043310.
Declaratoria de Nulidad Convalidación de los actos anulables
Los artículos 168 y 169 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, como norma supletoria aplicable, confieren a la entidad licitante la facultad de sanear los procedimientos y etapas omitidas que no son responsabilidad de los que participaron como proponentes del acto público, lo que de no hacerlo, puede provocar la afectación de derechos de los contratistas. De igual forma, decretar la nulidad de todo el proceso de selección de contratista en esta etapa, podría acarrear consecuencias para el Estado.
Programa Saneamiento de Panamá/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1734-2024 de fecha 14 de noviembre de 2024/ Acto Público No.2023-0-12-0-15-LV-043310.
Equilibrio Económico Contractual Reglas de modificaciones a los contratos
Cuando una entidad estime pertinente aplicar el equilibrio contractual a un contrato en ejecución, deberá considerar en primer lugar que esta figura aplicará solo para casos muy puntuales que tienen el carácter de extraordinarios e imprevisible, es decir, que las partes no pudieron prever oportunamente; además este proceso debe estar presidido por un análisis técnico, jurídico y financiero por parte de la entidad que determine la viabilidad, siempre respetando las reglas de modificaciones a los contratos establecidas en la Ley, así como de acuerdo con las disposiciones sobre erogaciones previstas en el Presupuesto General del Estado y poder contar con el correspondiente refrendo de la Contraloría General del República.
Consulting Design Development Engineering, S.A./ Nota No. DGCP-DS-DJ-1274-2024 de fecha 11 de septiembre de 2024.
Pago Intereses moratorios
Del artículo 79 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011 se extrae de igual forma, que el contratista que reciba el pago por la prestación de sus servicios de forma posterior a la prevista en el pliego de cargos o contrato por causas que no le sean directamente imputables, tiene el derecho de reclamar frente a la entidad licitante el pago de los intereses moratorios de conformidad a la normativa fiscal que para tales casos ha sido señalada o ejerciendo las acciones legales ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia para interponer un Proceso Administrativo de Plena Jurisdicción.
Consulting Design Development Engineering, S.A./ Nota No. DGCP-DS-DJ-1274-2024 de fecha 11 de septiembre de 2024.
Intereses Moratorios Equilibrio Económico de Contrato
La Dirección General de Contrataciones Públicas, ha sido reiterativa en consultas atendidas, indicando que la figura de intereses moratorios no debe ser confundida con la figura del equilibrio económico del contrato, el cual es también un derecho, sin embargo, este último nace como hemos mencionado para casos muy puntuales que tienen el carácter de extraordinarios e imprevisible, es decir, que las partes no pudieron prever oportunamente, afectando la cualidad conmutativa del contrato y a su vez haciéndolo más gravoso para alguna de las partes.
Consulting Design Development Engineering, S.A./ Nota No. DGCP-DS-DJ-1274-2024 de fecha 11 de septiembre de 2024.