Recientes

Facultades Dirección General de Contrataciones Públicas

 

La Dirección General de Contrataciones Públicas es el ente rector y fiscalizador de los procedimientos de contratación pública, con facultades destinadas a la adecuada implementación y aplicación de los preceptos legales contenidos en el Texto único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 61 de 2017.

Magister Erick  J. Díaz/ Nota N°DGCP-DJ-210-2019 de fecha 1 de noviembre 2019.

Facultad

 

 

Acción de Reclamo No Admisibilidad

 

La no admisibilidad de las acciones de reclamo, no puede interpretarse como una preclusión para interponer una nueva acción de reclamo, ya que como se establece en el Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley No. 61 de 2017, las acciones de reclamo se podrán interponer hasta tanto no recaiga la adjudicación del acto público.

Magister Erick  J. Díaz/Nota N°DGCP-DJ-210-2019 de fecha 1 de noviembre 2019.

Acción de Reclamo

Acción de Reclamo Admisión e Inadmisión

El artículo 198 del Decreto Ejecutivo No. 40 de 10 de abril de 2018, no contempla la posibilidad de corregir las acciones de reclamo una vez estas se hayan interpuesto, la misma norma faculta al accionante el poder presentar una nueva acción de reclamo cuando la anterior no haya sido admitida por incumplir los requisitos de forma establecidos por la Ley, en donde el reclamante podrá incorporar nuevos hechos y corregir la información que se haya omitido en la primera acción de reclamo.

Magister Erick  J. Díaz/Nota N°DGCP-DJ-210-2019 de fecha 1 de noviembre 2019.

Acción de Reclamo

Solicitud de Aclaraciones Pliego de Cargos

DGCP-DF-2022-016

La Dirección General de Contrataciones Públicas tiene a bien señalar que las Entidades Licitantes están obligadas a dar respuesta expresa a las solicitudes de modificación o aclaración del Pliego de Cargos, ya sea negándolas o accediendo a lo solicitado.

Dirección General de Contrataciones Públicas /Convenio Marco-procedimiento utilizado cuando se seleccionará uno o más proponentes, con los cuales se firmará un contrato llamado Convenio Marco, y se establecerán precio y condiciones determinados para bienes y servicios.

Resolución 

Acto de Apertura Verificación de Requisitos Obligatorios

DGCP-DF-2022-015

En la etapa concerniente al Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, no le es dable a la Entidad Licitante ni a los servidores públicos que intervienen dentro del Acto Público, emitir juicios de valor en cuanto al cumplimiento o no de los requisitos del Pliego de Cargos; en este sentido, pueden advertir la necesidad de subsanar documentos. Corresponde a la Comisión verificar el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios del Pliego de Cargos.

 

Universidad de Panamá/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

 

Resolución

Comisionados Obligaciones

DGCP-DF-2022-014

Si existe certeza en cuanto a la legitimidad de la actuación de la persona que detenta la representación legal del proponente, acreditable a través de documentos suscritos por este último, es obligación de los miembros de la comisión hacer valer en todo momento el Principio de Eficacia, evitando agregar formalismos que desvíen el propósito del Acto Público y que no incidan en la decisión en que desemboquen, tras la tarea de verificación de las propuestas presentadas.

Autoridad de Aeronáutica Civil / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Pliego de Cargos Términos de Referencia

DGCP-DF-2022-013

La descripción del bien que se detalla bajo “nombre del acto”, constituye una mera referencia para los interesados y no tiene carácter vinculante, en lo que respecta a las especificaciones técnicas. Los términos de referencia de la contratación están contenidos en el Pliego de Cargos .

 

Caja de Seguro Social / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Pliego de Cargos Modificaciones

DGCP-DF-2022-012

Una vez celebrada la reunión de homologación, no puede la Entidad Licitante modificar el Pliego de Cargos, desconociendo los puntos que fueron debidamente homologados por la Entidad Licitante y los asistentes a dicha reunión. Si bien, le asiste a la Entidad Licitante la facultad de modificar el Pliego de Cargos, en su condición de ente gestor del Acto Público, no puede dejar de lado esta, los puntos que fueron homologados y aceptados, en relación a los cuales no se formuló observación o cuestionamiento alguno.

Ministerio de Seguridad Pública / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Emisión de Certificaciones Presunción de Legalidad

DGCP-DF-2022-011

Las certificaciones emitidas por funcionarios en el ejercicio de sus atribuciones legales, se encuentran revestidas de la presunción de legalidad (presunción iuris tantum) inherente a todo documento público, dando fe de las certificaciones que en ellos haga el servidores públicos que las hayan emitido.

Ministerio de Obras Publicas/Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/500,000.00).

 

Resolución

Pliego de Cargos Requisitos Obligatorios

DGCP-DF-2022-010

No resulta viable incluir como requisitos obligatorios a ser cumplidos por todos los proponentes, exigencias que guardan relación con la etapa contractual. En este sentido, dichas exigencias deben ser incluidas en las especificaciones técnicas.

 

Ministerio de Seguridad Pública / Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00). 

 

Resolución