Modificación y Adicciones a los Contratos Reglas

Del artículo 77 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, se colige que, entre las reglas para las modificaciones a los contratos, en el caso de implicar nuevos costos, estas modificaciones requerirán las autorizaciones o aprobaciones de los entes que conocieron el contrato principal, de acuerdo a la cuantía y aunque sobrepasen el 25% del contrato, por ende, en el caso que nos ocupa, el contrato está firmado por el representante legal de la entidad, el contratista y fue perfeccionado por la Contraloría General de la República.

Policía Nacional/ Nota No. DGCP-DS-DJ-389-2024 de fecha 12 de abril de 2024/ Acto público No. 2017-0-18-01-08-LP-039882.

Reglas para Modificación y Adiciones a los Contratos

Modificación y Adicciones a los Contratos

El Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, no establecía un límite a las modificaciones de los nuevos costos, sin embargo, si requerirán las autorizaciones o aprobaciones de los entes que conocieron el contrato principal de acuerdo con la cuantía; en el caso que nos ocupa, el contrato fue perfeccionado por la Contraloría General de la República, para efectos de mantener el mismo nivel de aprobación al cual deben ser sometidos los nuevos costos.

Policía Nacional/ Nota No. DGCP-DS-DJ-389-2024 de fecha 12 de abril de 2024/ Acto público No. 2017-0-18-01-08-LP-039882.

Modificación y Adiciones a los Contratos

Nueva Convocatoria y venta de bienes Procedimiento excepcional de contratación

El artículo 64 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, advierte que esta venta por procedimiento excepcional requerirá de las aprobaciones a las que se refiere el artículo 83 del mismo texto legal, pero no será necesario que la entidad contratante publique el anuncio de intención para acogerse al procedimiento excepcional de contratación, eso sí, se deberá cumplir con el registro obligatorio de todo lo actuado en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, en cumplimiento del artículo 172 de la norma bajo estudio, utilizando para ello la plantilla para el procedimiento excepcional de contratación “PE”, facilitada en el referido sistema.

Ministerio de Economía y Finanzas/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1693-2023 de fecha 12 de septiembre de 2023.

Nueva Convocatoria y venta de bienes  

Presunción de División de Materia

DGCP-DF-2023-184

No se podrá dividir la materia de contratación en partes o grupos, con el fin de que la cuantía no llegue a la precisa para la celebración del acto público o el procedimiento que corresponda o para evadir las competencias, autorizaciones o aprobaciones en las contrataciones.

INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Contratación de Concesiones Municipios

El artículo 17 de la Ley 106 de 24 de octubre de 1973 sobre el Régimen Municipal, adicionado por la Ley 37 de 29 de junio de 2009 y modificado por la Ley 66 de 29 de octubre de 2015, específicamente los numerales 10 y 11, establecen la facultad atribuida a los consejos municipales para la autorización y aprobación del contrato de concesión. Así mismo, la norma dirige a las autoridades locales a optar preferentemente por el procedimiento de licitación pública, al momento de celebrar un contrato de concesión de servicios públicos.

Alcaldía de Santiago/ Nota N°DGCP-DS-DJ-393-2023 de fecha 17 de marzo de 2023.

Ámbito de aplicación de la norma