Consorcio o Asociación Accidental Responsabilidad Solidaria

Cuando un consorcio presenta una propuesta se entiende para todos los efectos legales como un solo proponente y un solo contratista, el cual se compone de dos o más personas naturales o jurídicas cuya responsabilidad ante el Estado es de forma solidaria, indistintamente de las condiciones que regirán sus relaciones según el acuerdo consorcial presentado, tal y como establece el artículo 5 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

José Luis Villarreal/ Nota N°DGCP-DJ-201-2021 de fecha 22 de noviembre de 2021.

Consorcio o Asociación Accidental 

 

Metodología de Ponderación Participación de Consorcio

Esta metodología de ponderación no se encuentra relacionada con el porcentaje de participación que los miembros integrantes del consorcio definan en el acuerdo consorcial respectivo y tampoco con los requisitos aportados por éstos, toda vez que como ya hemos indicado, estos requisitos serán evaluados de forma íntegra, según lo establecido en el pliego de cargos, entendiéndose como un solo proponente, tal como hemos señalado.

José Luis Villarreal/ Nota N°DGCP-DJ-201-2021 de fecha 22 de noviembre de 2021.

Metodología de evaluación a un consorcio

Ponderación que Reciba un Consorcio Licitación por Mejor Valor

La ponderación o puntuación que reciba un consorcio participante en un acto público, según lo establecido en el pliego de cargos, se entiende como la puntación que reciben todos los miembros que lo conforman, teniendo éstos una responsabilidad solidaria ante la entidad contratante,  en caso de ser beneficiado con la adjudicación y una vez perfeccionado el contrato.

José Luis Villarreal/ Nota N°DGCP-DJ-201-2021 de fecha 22 de noviembre de 2021.

Consorcio y ponderación de criterios de evaluación

Consorcio Registro de Proponentes

DGCP-DF-2021-081

Existe la obligatoriedad de inscribir en el Registro de proponentes a todo consorcio o persona natural o jurídica que aspire a participar en un Acto Público de Selección de Contratista, antes de su fecha de celebración.

 

Junta Asesora de Servicio y Acceso Universal/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Consorcios Aporte de Requisitos Obligatorios

DGCP-DF-2021-065

En los casos en que los proponentes participen utilizando la figura jurídica de consorcio o asociación accidental, las empresas que lo conforman deberán aportar todos los requisitos obligatorios comunes establecidos en la plantilla electrónica del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”; sin embargo, para el cumplimiento de los demás requisitos, cualquiera de las empresas que conforman el consorcio o asociación accidental podrá aportar estos documentos, sin que esto conlleve la descalificación del proponente.

Empresa De Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA)/Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/500,00.00).

 

Resolución

Acuerdo de Consorcio Validez

DGCP-DF-2020-031

El hecho que el acuerdo de consorcio no establezca las responsabilidades civiles, fiscales, laborales y de cualquier otra índole, no lo inválida, al ser solidaria la responsabilidad entre sus miembros.

Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A.,(E.T.E.S.A)/ Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Certificado de existencia del Proponente Registro de Proponente

DGCP-DF-2020-021

La aportación del Certificado de Proponente es obligatoria, debido a que es un requisito de Ley, de carácter ineludible y en consecuencia, debe ser cumplido por todos los proponentes; en el caso de consorcio, tanto este como cada una de las empresas que lo conforman, deberán aportarlo con su propuesta.

Ministerio de Seguridad Pública/Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de cien mil balboas (B/.100,00.00).

 

Resolución

Consorcio Representación Legal

DGCP-DF-2020-003

La representación legal de un consorcio o asociación accidental se acredita a través del acuerdo de consorcio, no siendo necesaria la emisión de un poder a la persona que ejercerá su representación legal.

 

Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA)/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución