SIGO PLAZA, S.A./N°DGCP-DJ-013-2021 de 05 de febrero de 2021/Acto Público N°2020-0-09-0-08-LP-006967 |
Autor: Joyce Perez
Cotizaciones Físicas Antes de ser habilitada la plataforma de cotización en línea
Las cotizaciones obtenidas de manera física dentro de los procedimientos de compras menores, antes de ser habilitada la Plataforma de Cotizaciones en Línea, son válidas.
Caja de Seguro Social/ Nota N° DGCP-DJ-128-2020 de fecha 21 de octubre de 2020
Participación en Calidad de Consorcios Documentos que Deberán Presentar
La Dirección General de Contrataciones Públicas, es del criterio que los consorcios que participen en un procedimiento de selección de contratista, a través de su representante legal deberán presentar el Pacto de Integridad, así como la Carta de Adhesión a los Principios de Sostenibilidad.
Yanelys Cedeño/ Nota N°DGCP-DJ-208-2021 de fecha 10 de diciembre de 2021.
Documentos a presentar en participación de Consorcios
Fiscalizador de la Plataforma de Cotización en Línea
La Dirección General de Contrataciones Públicas ejercerá un rol fiscalizador dentro del proceso de solicitud de cotizaciones, en donde podrá cancelar a petición de parte o de oficio, las solicitudes de cotizaciones que no se ajusten a la guía de uso de la plataforma, así como aquellas solicitudes que se realicen en contravención de la Ley.
Aquatec Pump and Spa, S.A./Nota N°DGCP-DJ-070-2020 de fecha 29 de junio de 2020.
Cotización en Línea Que no cumplen con las especificaciones
La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que, en caso que las entidades reciban cotizaciones que no cumplan con las especificaciones requeridas en la solicitud, éstas no podrán ser seleccionadas a pesar de que posean el precio más bajo.
Instituto de Seguro Agropecuario/ Nota N°DGCP-DJ-097-2020 de fecha 10 de septiembre de 2020.
Obligación de Utilizar la Plataforma de Cotizaciones en Línea
Las entidades deberán utilizar obligatoriamente la Plataforma de Cotizaciones en Línea, habilitada en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra” para solicitar las cotizaciones, de conformidad con las guías emitidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, las cuales están debidamente publicadas en el referido portal electrónico.
Ministerio de Economía y Finanzas/ Nota N°DGCP-DJ-118-2020 de fecha 7 de octubre de 2020.
Anuncio de la intención Procedimiento Excepcional de Contratación
En los casos de los numerales 1 (cuando se trata de contrataciones de mayor cuantía) y 4 del artículo 81 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, las entidades tienen la obligación de publicar su intención de acogerse al procedimiento excepcional de contratación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, por un periodo no menor de cinco días hábiles. Es precisamente durante este período que el aviso de intención correspondiente se hace visible en el ambiente público para efecto de lo dispuesto en la Ley No. 22 de 2006, es decir, con el fin de que puedan concurrir otros interesados con capacidad para proveer el bien, servicio u obra requerida.
Ministerio de Economía y Finanzas/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1707-2021 de fecha 16 de diciembre de 2021/ Acto Público N°2021-0-16-0-08- PE-017874.
Publicación de aviso de intención en el procedimiento excepcional
Procedimiento Excepcional En caso de concurrir otros interesados
En caso de concurrir otros interesados, la entidad levantará y publicará en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra” un informe en el cual se fundamentarán las razones técnicas que justifiquen y respalden su decisión de contratar con un solo proveedor o, en su defecto, desistir de realizar el procedimiento excepcional de contratación y convocar al procedimiento de selección de contratista correspondiente. Este informe deberá contener el orden de presentación o anuncio de los interesados, de manera presencial, escrita o por medios electrónicos, señalando el nombre de la persona natural o jurídica que corresponda. La omisión de esta información dará lugar a la imposición de la multa establecida en el artículo 18.
Ministerio de Economía y Finanzas/Nota N° DGCP-DS-DJ-1707-2021 de fecha 16 de diciembre de 2021/ Acto Público N°2021-0-16-0-08- PE-017874.
Procedimiento Excepcional Cuando no se refleja en el ambiente público
Indistintamente que exista un momento puntual en la tramitología de una solicitud para contratar mediante procedimiento excepcional en el que el aviso de intención no se refleja en el ambiente público de la plataforma electrónica de “PanamaCompra”, éste siempre podrá ser visto por el servidor público con acceso autorizado (usuario y contraseña) en el ambiente interno de la entidad, para cualquier verificación y/o gestión que deba realizar con respecto a dicho procedimiento.
Ministerio de Economía y Finanzas/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1707-2021 de fecha 16 de diciembre de 2021/ Acto Público N°2021-0-16-0-08- PE-017874.
Publicación de aviso de intención en los procedimientos excepionales de contratación
Obligatoriedad de la entidad Para efectuar el pago en término
El artículo 79 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, la cual imponía a las entidades licitantes la obligatoriedad de efectuar los pagos a los que tenga derecho un contratista dentro de los términos previstos en el pliego de cargos y su contrato, es decir, que dicho pago no quedara supeditado a la discrecionalidad de la entidad de realizarlo de forma distinta, salvo que se produjera un evento que afectara la correcta ejecución del objeto contractual y que fuera imputable al contratista.
Sicarelle Holdings Inc./ Nota N°DGCP-DJ-124-2023 de fecha 04 de mayo de 2023/ Acto Público N°2016-0-12-0-99-AV-016929