Homologación

DGCP-DF-2022-094

La Dirección General de Contrataciones Públicas reitera y aclara que el hecho que uno o varios participantes en la reunión de homologación sugieran modificaciones al Pliego de Cargos, no genera una obligación de la Entidad Licitante de acceder a dichas peticiones y emitir una adenda que acoja los cambios sugeridos. Solo en caso que la Entidad Licitante haya acordado con los interesados en la reunión de homologación hacer cambios al Pliego de Cargos, esta estará obligada a emitir la adenda respectiva. 

Ministerio de Salud/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Reunión de Homologación Importancia

DGCP-DF-2022-048

La Entidad Licitante deben procurar dar respuesta a las inquietudes y observaciones que plantean los asistentes a la reunión de homologación, tomando en consideración la importancia y relevancia que presenta dicha reunión dentro de los actos preparatorios de un proceso de licitación, como un espacio que la norma reserva a los interesados en participar en un acto público, para que expongan a la Entidad Licitante, sus inquietudes, observaciones y objeciones al Pliego de Cargos.

Ministerio de Salud/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,00.00).

Resolución

Reunión de Homologación

DGCP-DF-2022-030

La Entidad Licitante no puede limitar la facultad que tiene todo interesado de participar y expresar sus opiniones, inquietudes e interrogantes sobre el contenido del Pliego de Cargos, en la reunión de homologación.

Dirección General de Contrataciones Públicas/Licitación por Convenio Marco procedimiento utilizado cuando se seleccionará uno o más proponentes, con los cuales se firmará un contrato llamado Convenio Marc, y se establecerán precio y condiciones determinados para bienes y servicios.

RESOLUCIÓN

Pliego de Cargos Modificaciones

DGCP-DF-2022-012

Una vez celebrada la reunión de homologación, no puede la Entidad Licitante modificar el Pliego de Cargos, desconociendo los puntos que fueron debidamente homologados por la Entidad Licitante y los asistentes a dicha reunión. Si bien, le asiste a la Entidad Licitante la facultad de modificar el Pliego de Cargos, en su condición de ente gestor del Acto Público, no puede dejar de lado esta, los puntos que fueron homologados y aceptados, en relación a los cuales no se formuló observación o cuestionamiento alguno.

Ministerio de Seguridad Pública / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución