Cuando el adjudicatario se niegue a mantener la oferta y a firmar el contrato Sin causa justificada

Del artículo 122 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende que en los casos en que no se exija fianza de propuesta y el adjudicatario se niegue a mantener la oferta y a firmar el contrato sin causa justificada, este será inhabilitado por la entidad contratante por un periodo de un año. En estos casos, la sanción de inhabilitación podrá ser apelada ante el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas en un término de dos días hábiles a partir de la notificación. El Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas tendrá un plazo de tres días hábiles para resolver.

Centro Vocacional de Chapala/  Nota No.DGCP-DS-DJ-1836-2024 de fecha 22 de noviembre de 2024/ Acto Público No.2024-6-12-01-13-LP-000001.

e niegue a mantener la oferta y a firmar el contrato 

El adjudicatario se niegue a mantener la oferta y a firmar el contrato. Inhabilitación por un año

El artículo 112 del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre 2020, que reglamenta la Ley 22 de 2006, que regula la contratación pública, establece que en los actos de selección de contratista que no requieran fianza de propuesta, la inhabilitación será por un periodo de un año, en donde se emitirá una resolución motivada y una vez ejecutoriada la resolución, el jefe de compras de la entidad remitirá a la Dirección General de Contrataciones Públicas copia de esta para el registro correspondiente, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la ejecutoria de la resolución.

Centro Vocacional de Chapala/  Nota No.DGCP-DS-DJ-1836-2024 de fecha 22 de noviembre de 2024/ Acto Público No.2024-6-12-01-13-LP-000001.

Se niegue a mantener la oferta y a firmar el contrato 

Propuesta Solicitud de documentos

 

El artículo 55 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece que la entidad licitante de forma posterior a la presentación de la propuesta, podrá solicitar la documentación que considere necesaria para aclarar cualquier aspecto relacionado a la contratación del servicio que pretende adquirir.

Servicios Hermanos Tello, S.A./ Nota No. DGCP-DS-DJ-1500-2024 de fecha 11 de octubre de 2024/ Acto público No. 2024-1-10-01-04-CM-004803.

Propuesta

Documento Subsanable Plazo de Subsanación

El artículo 82 del Decreto Ejecutivo N° 439 del 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 27 de junio de 2006, modificado por el Decreto Ejecutivo 34 de 24 de agosto de 2022, se desprende, que el acta de apertura debe ser publicada el mismo día de su celebración en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, además de los documentos que deberán ser subsanados dentro del término establecido en el pliego de cargos, cuando así se hubiera establecido en éste y será responsabilidad del proponente revisar su propuesta para verificar la existencia de cualquier documento subsanable que deba corregirse dentro del plazo establecido en el pliego de cargos.

Universidad Tecnológica de Panamá/ Nota No. DGCP-DS-DJ-804-2024 con fecha 11 de julio de 2024/ Acto público No. 2024-1-95-0-08-LP-025117.

Plazo de subsanación para documentos.

Acto de Apertura de Propuesta Plataforma Online

Para la reunión de acto de apertura de propuestas, en la eventualidad que la plataforma a ser utilizada no sea definida en el pliego de cargos, éstas son aclaraciones o ampliaciones que pueden ser publicadas como documento adjunto en la plantilla electrónica del pliego de cargos, toda vez que llevan como propósito ampliar información accesoria a un aspecto ya definido, que en este caso sería la celebración del acto de apertura de propuestas o acto público de forma virtual.

Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales/ Nota No.DGCP-DJ-014-2021 de fecha 8 de febrero de 2021.

Reunión electrónica 

Propuesta Aclaraciones

De acuerdo al artículo 50 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley No. 61 de 2017, la entidad licitante podrá solicitar aclaraciones luego de presentada la propuesta y, además, solicitar que se acompañe documentación aclaratoria, siempre que esta no tenga por objetivo distorsionar el precio u objeto ofertado ni tampoco modificar la propuesta original.

Hospital Regional Nicolás A. Solano/ Nota N°DGCP-DS-DJ-839-2020 de fecha 23 de octubre de 2020/ Acto público N°2019-0-12-222-15-CM-005170.

Aclaraciones en la Propuesta.

Propuesta Carta de Adhesión a Principios de Sostenibilidad y Pacto de Integridad

La Carta de Adhesión a Principios de Sostenibilidad debe ser emitida y suscrita únicamente por el proponente y presentada conjuntamente con su propuesta de acuerdo al pliego de cargos. A su vez, el Pacto de Integridad puede ser suscrito por el Representante Legal de la entidad luego de adjudicado el acto de selección de contratista.

Hospital Santo Tomás/ Nota N°DGCP-DJ-140-2020 de fecha 16 de noviembre de 2020.

Carta de Adhesión a Principios de Sostenibilidad y Pacto de Integridad en Propuestas.

Propuestas Riesgosas, Onerosas o Gravosas

El artículo 59 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, en su artículo 59 eliminó el concepto de establecer márgenes de riesgosidad dentro de las Licitaciones por Mejor Valor, dejando la discrecionalidad de determinar si una propuesta es riesgosa o no en la entidad que requiera celebrar el acto público bajo esa modalidad de selección de contratista, eso sí, tomando en consideración los aspectos técnicos que dicho acto requiera o que se establezcan en el pliego de cargos.

Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A./ Nota N°DGCP-DS-DJ-026-2021 de fecha 08 de enero de 2021.

Propuestas Riesgosas, Onerosas o Gravosas.

Propuestas Riesgosas, Onerosas o Gravosas

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que, indistintamente del tipo de Licitación que se realice, el Decreto Ejecutivo 439 de 2020, concede a la entidad licitante la facultad de determinar, luego de analizar las condiciones técnicas del bien, servicio u obra objeto del procedimiento de selección de contratista, si la propuesta presentada por determinado contratista es o no riesgosa sin que para ello sea necesario establecer un margen de riesgosidad.

Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A./ Nota N°DGCP-DS-DJ-026-2021 de fecha 08 de enero de 2021.

Propuestas Riesgosas, Onerosas o Gravosas.

Sociedad vinculada a un mismo grupo económico Consorcio o Asociación Accidental

El Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, no contempla la imposibilidad de que los integrantes de un consorcio puedan presentar, de manera independiente, propuestas para diferentes renglones de una Licitación Pública cuyo modo de adjudicación sea por renglón, tomando en cuenta, que el consorcio conformado será considerado como un proponente; esto siempre y cuando no concurran situaciones de empresas que estén vinculadas a un mismo grupo económico, al tenor de lo establecido en el numeral 48 del artículo 2 de dicha excerta legal.

Firma Forense Alfaro, Ferrer & Ramírez/ Nota N°DGCP-DJ-082-2021 de fecha 22 de junio de 2021.

Sociedad vinculada a un mismo grupo económico de Consorcio o Asociación Accidental.