Acción de Reclamo Alcance

DGCP-DF-2021-041

El propósito y alcance de la Acción de Reclamo es atacar acciones u omisiones ilegales o arbitrarias ocurridas dentro del Proceso de Selección de Contratista, no así, pretender que la Dirección General de Contrataciones Públicas determine el cumplimiento o no de requisitos establecidos en el Pliego de Cargos, lo cual corresponde única y exclusivamente a la Comisión Evaluadora en la fase del procedimiento destinada para ello.

 

Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A./Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/500,000.00).

 

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades

DGCP-DF-2021-038

En materia de multas a los servidores públicos, la Ley de Contrataciones Públicas faculta a la Dirección General de Contrataciones Públicas a desarrollar una actividad sancionadora dentro del marco de las facultades de Fiscalización, en caso de infracciones o faltas a los Principios y normas de la Contratación Pública, buscando como fin último, orientar el cumplimiento de los Procesos de Selección de Contratista.

Zona Libre de Colón/ Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades

DGCP-DF-2021-030

No es facultad de la Dirección General de Contrataciones Públicas verificar las propuestas para emitir una opinión en cuanto al cumplimiento o no de la mismas. De igual forma, no puede la Dirección General de Contrataciones Públicas ordenar se desconozcan Propuestas que se hayan presentado en tiempo oportuno y que se encuentren en etapa de evaluación por parte de la Entidad Licitante.

 

Ministerio de Salud/ Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Entidad Licitante Facultades

DGCP-DF-2021-020

Si bien es facultad de la Entidad Licitante adjudicar el Acto Público, así como adoptar cualquier otra actuación que sea conforme a la Ley de Contrataciones Públicas, las funciones fiscalizadoras que le asisten a la Dirección General de Contrataciones Públicas, le permiten instarle a que cumpla con las fases del Procedimiento de Selección de Contratista, independientemente de la resolución de decisión que emita. Lo anterior, no implica emitir una instrucción o directriz en cuanto a la decisión que adopte la Entidad Licitante, tomando en consideración que es de su exclusiva responsabilidad, la dirección y el manejo del Proceso de Selección de Contratista.

 

Municipio de Comarca de Guna Yala / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades

DGCP-DF-2020-056

La Dirección General de Contrataciones Públicas posee la facultad de ordenar la realización de trámites omitidos o la corrección de los realizados en contravención al ordenamiento jurídico, de oficio o a petición de cualquiera de los participantes en tales procedimientos.

 

Autoridad Marítima/Contratación Menor-procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades

DGCP-DF-2019-107

La Dirección General de Contrataciones Públicas no tiene entre sus facultades la de suplir a los miembros de la Comisión Evaluadora en la revisión de aspectos objetivos y técnicos relacionados con el objeto contractual y al cumplimiento o no de especificaciones, siendo la Acción de Reclamo el mecanismo procesal que otorga la Ley de Contrataciones Públicas a quien se sienta afectado para objetar acciones u omisiones relacionadas al procedimiento de Selección de Contratista llevado a cabo por la Entidad Licitante. 

Instituto Panameño de Deportes/Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de cien mil balboas (B/.100,000.00).

 

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades (Aspectos Técnicos)

DGCP-DF-2020-051

La Ley de Contrataciones Públicas no faculta a la Dirección General de Contrataciones Públicas para verificar y emitir opinión sobre aspectos técnicos que contempla el Pliego de Cargos y sus adendas.

Ministerio de Seguridad Pública/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Criterio

DGCP-DF-2019-102

El criterio de la Dirección General de Contrataciones Públicas gira en torno a las acciones u omisiones relacionadas al Procedimiento de Selección de Contratista.

Universidad Marítima Internacional de Panamá/Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de cien mil balboas (B/.100,000.00).

 

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Funciones

DGCP-DF-2019-097

Es función de la Dirección General de Contrataciones Públicas ordenar la realización de trámites fijados por los distintos Procedimientos de Selección de Contratista que hayan sido omitidos, así como la corrección o suspensión de aquellos realizados en contravención de esta ley o su reglamento.

Municipio de Arraiján/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución 

Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades

DGCP-DF-2019-096

Es función de la Dirección General de Contrataciones Públicas determinar si la Entidad Licitante ha incurrido en un procedimiento alejado al ordenamiento jurídico, que directamente incida en la participación de los proponentes.

 

Órgano Judicial /Contratación Menor-procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución