Los Intereses Moratorios

Los intereses moratorios se producen únicamente cuando existe mora en el pago según los términos pactados en el contrato, y no son reclamados aduciendo un desequilibrio económico del contrato, sino que son reclamados aduciendo un incumplimiento en los plazos de pago pactados, y son calculados según lo establecido en el numeral 10 del artículo 12 de la Ley 22 de junio de 2006 y el artículo 219 del Decreto Ejecutivo No. 366 de diciembre de 2006, que reglamentaba la Ley aplicable al contrato objeto de la presente consulta.

Consorcio Transistmica S.A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-583-2024 de fecha 24 de mayo de 2024/ Acto Público No.2006-09-0-03-LP-000374.

 Equilibrio económico e intereses moratorios

Reservas Presupuestarias Equilibrio Económico

Las entidades públicas al suscribir contratos de duración prolongada deben realizar las respectivas reservas presupuestarias que garanticen la disponibilidad de los fondos para hacerle frente a los compromisos de pago, y de igual forma a situaciones imprevistas en el pliego de cargos que pudieran poner en riesgo la ejecución del objeto contractual.

Consulting Design Development Engineering, S.A./ Nota No.DGCP-DJ-081-2024 de fecha 30 de mayo de 2024/ Acto Público No.2021-0-12-0-99-LV-031929

Equilibrio Económico de Contrato 

Equilibrio Económico de Contrato 

En cuanto al equilibrio económico, desarrollado en el artículo 34 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, podemos indicar que, durante la ejecución de los contratos públicos, la Ley prevé la posibilidad de que puedan suscitarse situaciones que pueden afectar el normal desarrollo de éstos, produciéndose un desequilibrio económico, el cual generalmente constituye afectaciones económicas para las partes. Cuando esto ocurre, la Ley que regula la contratación pública en Panamá establece que las partes podrán suscribir los acuerdos y pactos que resulten necesarios para restablecer el equilibrio contractual.

Consulting Design Development Engineering, S.A./ Nota No.DGCP-DJ-081-2024 de fecha 30 de mayo de 2024/ Acto Público No.2021-0-12-0-99-LV-031929

Equilibrio Económico de Contrato 

Equilibrio Económico del Contrato Modificaciones al Contrato

Las disposiciones legales que rigen la materia de contrataciones públicas, han sostenido en sus distintas modificaciones que, en el contrato se pueden establecer las cláusulas que tengan como objetivo mantener el equilibrio del contrato (ajustes de precios) y por otra parte indican que para restablecer ese equilibrio, las partes deberán suscribir los acuerdos y pactos que sean necesarios incluyendo montos, condiciones, forma de pago de gastos adicionales y reconocimiento de costos financieros, si a ello hubiera lugar, en la forma prevista en la modificación del contrato.
Consulting Design Development Engineering, S.A./ Nota No.DGCP-DJ-081-2024 de fecha 30 de mayo de 2024/ Acto Público No.2021-0-12-0-99-LV-031929.

Equilibrio Económico de Contrato Liquidación de Contrato

En caso que la entidad contratante valide reconocer gastos administrativos o de otra índole a favor del contratista al momento de determinar las sumas adeudadas entre sí, la Dirección General de Contrataciones Públicas ya ha indicado que el reconocimiento y determinación de sumas adeudadas o derechos entre las partes luego de terminado el contrato, no constituye un equilibrio económico contractual, sino un proceso propio e independiente de la etapa de la liquidación del contrato, entendiéndose por contrato, el contrato principal y todas sus modificaciones.

Consulting Design Development Engineering, S.A./ Nota No.DGCP-DJ-081-2024 de fecha 30 de mayo de 2024/ Acto Público No.2021-0-12-0-99-LV-031929.

Equilibrio Contractual

El artículo 21 de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, tiene prevista el tipo de circunstancias que pueden obstaculizar el cumplimiento del contrato, permitiendo a las partes suscribir acuerdos y pactos necesarios para restablecer el equilibrio, incluyendo montos, condiciones, forma de pago de gastos adicionales y reconocimiento de costos financieros, si a ello hubiera lugar, en la forma prevista en la modificación del contrato.

Policía Nacional/ Nota No. DGCP-DS-DJ-389-2024 de fecha 12 de abril de 2024/ Acto público No. 2017-0-18-01-08-LP-039882.

Equilibrio Contractual.

Equilibrio Económico del Contrato

Según el equilibrio económico del contrato, las obligaciones a cargo de una de las partes se consideran equivalentes a las de la otra, en este sentido se presume que el pago que la entidad estatal se compromete a realizar en virtud del contrato es proporcional a las prestaciones que adquiere el contratista. Sin embargo, durante la etapa de ejecución, es posible que se presenten situaciones que pueden alterar la ecuación contractual, lo que da lugar al deber de restablecimiento a la parte afectada.

Municipio de Boquete/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1043-2019 de fecha 29 de noviembre de 2019.

Equilibrio Económico del Contrato.

Equilibrio Económico del Contrato Reglas para modificaciones y adiciones al contrato

El artículo 91 del Texto Único de la Ley No. 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, define las reglas que deben atender las entidades del Estado al momento de modificar el contrato, en base al interés público.

Municipio de Boquete DGCP-DS-DJ-1043-2019 29 de noviembre de 2019.

Modificación y adición al contrato para Equilibrio Económico del Contrato.

Equilibrio Económico de Contrato

Cuando una entidad estime pertinente aplicar el equilibrio contractual a un contrato en ejecución, este proceso debe estar presidido por un análisis técnico y financiero de la entidad que determine la viabilidad, siempre respetando las reglas de modificaciones a los contratos establecidas en la Ley, así como de acuerdo con las disposiciones sobre erogaciones previstas en el Presupuesto General del Estado y poder contar con el correspondiente refrendo de la Contraloría General del República.

Inversiones Murcias, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-273-2023 de fecha 1 de noviembre de 2023/ Acto Público N° 2006-09-0-03-LP-000374.

Equilibrio contractual

Equilibrio Económico de Contrato

Las disposiciones legales que rigen la materia de contrataciones públicas, han sostenido en sus distintas modificaciones que, en el contrato se pueden establecer las cláusulas que tengan como objetivo mantener el equilibrio del contrato y por otra parte indican que para restablecer ese equilibrio, las partes suscriben los acuerdos y pactos que sean necesarios incluyendo montos, condiciones, forma de pago de gastos adicionales y reconocimiento de costos financieros, si a ello hubiera lugar, en la forma prevista en la modificación del contrato.

Inversiones Murcias, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-273-2023 de fecha 1 de noviembre de 2023/ Acto Público N° 2006-09-0-03-LP-000374.

Equilibrio contractual