Pago por Avance de Obra Pagos establecidos en el contrato

El artículo 86 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017 establece la forma en que la entidad deberá realizar el pago de acuerdo a lo establecido previamente en el contrato. De igual forma, dispone que será desde la estructuración del respectivo pliego de cargos que la Entidad estipula el porcentaje a retener para garantizar el cumplimiento del contrato, así como la manera en que se cancelarán los pagos, puesto que el pliego de cargos es un instrumento integrante del contrato administrativo.

Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial/ Nota N°DGCP-DS-DJ-132-2020 de fecha 10 de febrero de 2020.

Pago por Avance de Obra

Informes de Comisiones Anulación de Informes

DGCP-DF-2023-087

Si la intención de la Entidad Licitante es acogerse a la facultad que se le confiere por Ley de anular, ya sea total o parcialmente, el primer Informe de la Comisión, lo procedente era publicar la resolución motivada sobre las falencias del informe emitido en ocasión al procedimiento de selección de contratista y ordenar, la anulación que procedía al informe (total o parcial), para el nuevo análisis. 

Caja del Seguro Social- Complejo Amador Guerrero / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Fianza de Cumplimiento

DGCP-DF-2023-025

La fianza de cumplimiento garantiza el cumplimiento del contrato u obligación de ejecutar fielmente su objeto y, una vez cumplido este, de corregir los defectos a que hubiera lugar. Su vigencia corresponde al periodo de ejecución del contrato principal y al término de la liquidación, más el término de un año, si se trata de bienes muebles para responder por vicios redhibitorios, como mano de obra, material defectuoso o de inferior calidad, así como cualquier otro vicio o defecto en el objeto del contrato, salvo los bienes muebles consumibles que no tengan reglamentación especial, cuyo término de cobertura será de seis meses, y por el término de tres años, para responder por defectos de reconstrucción o de construcción de la obra o bien inmueble (Cfr. Artículo 123 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020). Es responsabilidad de la entidad licitante exigir la aportación de dicha fianza y requerir su vigencia durante la ejecución del contrato.

Municipio de San Francisco / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

División de Materia

DGCP-DF-2023-033

Se presume que existe división de materia, cuando la Entidad Licitante, con el fin de que la cuantía no llegue a la precisa para la celebración del Acto Público o el procedimiento que corresponda, o para evadir las competencias, autorizaciones o aprobaciones en las contrataciones, suscriba contratos para un mismo bien, servicio u obra, en un término de tres meses en el mismo período fiscal, con el mismo u otro contratista.

MINISTERIO DE SALUD (HOSPITAL SAN MIGUEL ARCÁNGEL), /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no excede la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Acuerdo de Consorcio

DGCP-DF-2022-040

El Acuerdo de Consorcio es un contrato o convenio que determinará el objeto, interés y demás condiciones de participación en el Acto Público, por ende resulta ser la intención de las personas jurídicas que lo constituyan.

Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA)/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,00.00).

Resolución

Entidad Licitante Obligaciones

DGCP-DF-2020-034

Corresponde a la Entidad Licitante determinar los aspectos esenciales de la contratación, lo cual incluye las actividades que realiza el contratista, así como la documentación a entregar y el personal a presentar ante la entidad, luego de refrendado el contrato.

Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A./Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Comisiones Funciones

DGCP-DF-2019-062

Es función de la Comisión Verificadora, como ente idóneo encargado de analizar las propuestas, determinar si una oferta es o no riesgosa, de acuerdo con el precio o las condiciones técnicas o de otro tipo, que impliquen que sea materialmente difícil cumplir el objeto del contrato.

Ministerio de Seguridad Pública /Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución