Acto Público Exceso de Formalismos

DGCP-DF-2023-263

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que en los procedimientos de selección de contratistas, las entidades deben hacer prevalecer el cumplimiento de la finalidad del Acto Público, evitando exceso de formalismos que pudiesen entorpecer su desarrollo y continuidad, lo establece el Artículo 29 del Texto Único de la Ley de Contrataciones Públicas. 

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Publicación de Documentación Plataforma "PanamaCompra"

DGCP-DF-2023-275

El Artículo 156 de la Ley de Contrataciones Públicas, dispone que: “Todas las resoluciones, demás actos administrativos y comunicaciones que emitan las entidades contratantes dentro del proceso de selección de contratista y en la ejecución del contrato, así como las que dicte el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, se publicarán en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Declaración Jurada de Renuncia a Reclamación Diplomática

DGCP-DF-2023-272

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que en el momento de estructurar el pliego de cargos, la entidad no debía incluir como requisito obligatorio la presentación de la declaración jurada de renuncia a reclamación diplomática, puesto que el Artículo 99 del Texto Único de la Ley N° 22 del 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley N° 153 de 2020,

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Funcionalidades del Sistema Electrónico “PanamaCompra” Adendas

DGCP-DF-2023-271

La Dirección General de Contrataciones Públicas reiteradamente ha manifestado a las Entidades Licitantes, utilizar las funcionalidades del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra” al momento de emitir adendas, las cuales deben ser generadas electrónicamente y reflejarse en la Sección de “Documentos del Acto Público”, para que estas modifiquen la plantilla electrónica y surtan efectos jurídicos dentro del Acto Público.

MUNICIPIO DE SAN MIGUELITO/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Publicación de Consultas

DGCP-DF-2023-270

Las consultas a la entidad no publicadas en el expediente electrónico del acto público, vulnera los principios de publicidad y transparencia que rigen las contrataciones públicas.

MINISTERIO DE EDUCACION/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Requisitos Obligatorios

DGCP-DF-2023-269

La entidad licitante determina la documentación que debe ser aportada por los proponentes para cumplir requisitos obligatorios establecidos en el pliego de cargos electrónico.

INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Compra Pública Principios

DGCP-DF-2023-268

Las entidades licitantes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 22 de 2006, así como los proponentes, contratistas y demás interesados que intervienen en el proceso de contratación, están obligados a cumplir las normas y principios contenidos en el Código de Ética de la Contratación Pública en todas las etapas del proceso de la compra pública.

INSTITUTO CONMEMORATIVO GORGAS DE ESTUDIOS DE LA SALUD /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Acatar Instrucciones

DGCP-DF-2023-267

La entidad licitante debe acatar las instrucciones y aplicar los dictámenes emanados de la Dirección General de Contrataciones Públicas; haciendo valer de forma debida y consecuente el procedimiento de selección de contratista que corresponda.

INSTITUTO CONMEMORATIVO GORGAS DE ESTUDIOS DE LA SALUD /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Miembros de las Comisiones

DGCP-DF-2023-266

Los Principios ineludibles que resguardan el correcto desenvolvimiento de las Licitaciones Públicas y/o de Mejor Valor, lo es la discrecionalidad que surge, desde la designación de los miembros de las distintas Comisiones y la reserva de información sensitiva (teléfonos-correos electrónicos), preservándose de esta forma la identidad de los Comisionados, resguardándolos que estos sean objeto de presiones de ningún tipo, ni influenciados mientras detentan dicho cargo en su labor de verificación y/o evaluación y sobre los dictámenes a que deben avocarse.

MUNICIPIO DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Comisión Integrantes

DGCP-DF-2023-265

Los integrantes de comisiones de evaluación están obligados a actuar con estricto apego a la Ley de Contrataciones Públicas y a los criterios y metodologías contenidas en el Pliego de Cargos, cumpliendo así con el Principio de responsabilidad e inhabilidades de los servidores públicos, el Debido Proceso y el Principio de igualdad de oportunidad de los proponentes.

AUTORIDAD AERONÁUTICA CIVIL/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución