Figura de intereses moratorios Figura del equilibrio económico de contrato

La Dirección General de Contrataciones Públicas, ha sido reiterativa en consultas atendidas, indicando que la figura de intereses moratorios no debe ser confundida con la figura del equilibrio económico de contrato, el cual es también un derecho, sin embargo, este último nace cuando situaciones extraordinarias y/o imprevistas, afectan la cualidad conmutativa del contrato y a su vez hacen el contrato más gravoso para la alguna de las partes.

Consorcio Transistmica S.A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-583-2024 de fecha 24 de mayo de 2024/ Acto Público No.2006-09-0-03-LP-000374.

 Equilibrio económico e intereses moratorios

Los Intereses Moratorios

Los intereses moratorios se producen únicamente cuando existe mora en el pago según los términos pactados en el contrato, y no son reclamados aduciendo un desequilibrio económico del contrato, sino que son reclamados aduciendo un incumplimiento en los plazos de pago pactados, y son calculados según lo establecido en el numeral 10 del artículo 12 de la Ley 22 de junio de 2006 y el artículo 219 del Decreto Ejecutivo No. 366 de diciembre de 2006, que reglamentaba la Ley aplicable al contrato objeto de la presente consulta.

Consorcio Transistmica S.A./ Nota No.DGCP-DS-DJ-583-2024 de fecha 24 de mayo de 2024/ Acto Público No.2006-09-0-03-LP-000374.

 Equilibrio económico e intereses moratorios

Equilibrio Contractual

El artículo 21 de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, tiene prevista el tipo de circunstancias que pueden obstaculizar el cumplimiento del contrato, permitiendo a las partes suscribir acuerdos y pactos necesarios para restablecer el equilibrio, incluyendo montos, condiciones, forma de pago de gastos adicionales y reconocimiento de costos financieros, si a ello hubiera lugar, en la forma prevista en la modificación del contrato.

Policía Nacional/ Nota No. DGCP-DS-DJ-389-2024 de fecha 12 de abril de 2024/ Acto público No. 2017-0-18-01-08-LP-039882.

Equilibrio Contractual.

Equilibrio Económico del Contrato

Según el equilibrio económico del contrato, las obligaciones a cargo de una de las partes se consideran equivalentes a las de la otra, en este sentido se presume que el pago que la entidad estatal se compromete a realizar en virtud del contrato es proporcional a las prestaciones que adquiere el contratista. Sin embargo, durante la etapa de ejecución, es posible que se presenten situaciones que pueden alterar la ecuación contractual, lo que da lugar al deber de restablecimiento a la parte afectada.

Municipio de Boquete/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1043-2019 de fecha 29 de noviembre de 2019.

Equilibrio Económico del Contrato.

Equilibrio Económico del Contrato Sustentación

El artículo 29 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017 señala que, en caso de que la entidad invoque la figura jurídica de equilibrio económico del contrato, para poder modificarlo, deberá sustentar y probar las causas por las cuales la igualdad o equivalencia entre derechos y obligaciones surgidos al momento de la contratación ya no se mantienen.

Municipio de Boquete/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1043-2019 de fecha 29 de noviembre de 2019.

Sustentación del Equilibrio Económico del Contrato.

Equilibrio Económico del Contrato Reglas para modificaciones y adiciones al contrato

El artículo 91 del Texto Único de la Ley No. 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, define las reglas que deben atender las entidades del Estado al momento de modificar el contrato, en base al interés público.

Municipio de Boquete DGCP-DS-DJ-1043-2019 29 de noviembre de 2019.

Modificación y adición al contrato para Equilibrio Económico del Contrato.

Equilibrio Económico del Contrato

De acuerdo al artículo 34 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, es una potestad que puede ejercer la entidad licitante, posterior a analizar y evaluar la viabilidad de aplicar el equilibro contractual y de acuerdo al presupuesto de la entidad. Ahora bien, tal como exige la norma deberá sustentar y probar las causas por las cuales la igualdad o equivalencia entre derechos y obligaciones surgidos al momento de la contratación ya no se mantienen.

Eléctrica del Oeste, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-210-2022 con fecha 12 de octubre de 2022/ Acto público N°2018-0-03-0-99-LV-032209.

Equilibrio Económico del Contrato.

Equilibrio Contractual

El artículo 21 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, preceptúa la figura del equilibrio contractual que debe prevalecer en todas las contrataciones públicas, el cual consiste en la relación equivalente de las cargas que debe existir entre las partes contratantes.

Ministerio de Obras Públicas/ Nota N° DGCP-DS-DJ-313-2022 de fecha 18 de marzo de 2022 / Acto Público N°2016-0-09-0-15-LV-004595.

Equilibrio Contractual

Equilibrio Contractual

El artículo 21 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, señala las obligaciones a cargo de una de las partes se considera equivalente a las de la otra, por consiguiente, se infiere que el pago que la entidad se compromete a realizar en virtud del contrato, es proporcional a las prestaciones que recibe del contratista; No obstante, durante la etapa de ejecución es posible que se presenten situaciones que puedan alterar este equilibrio, lo que daría lugar al deber de restablecimiento a la parte afectada.

Ministerio de Obras Públicas/ Nota N° DGCP-DS-DJ-313-2022 de fecha 18 de marzo de 2022 / Acto Público N°2016-0-09-0-15-LV-004595.

Equilibrio Contractual

Equilibrio Contractual

Los ajustes que se pretendan realizar a los contratos públicos, deberán ajustarse a lo preceptuado en el artículo 21 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 48 de 2011, a fin de cumplir con los preceptos y principios contenidos en la Ley de Contratación Pública.

Ministerio de Obras Públicas/ Nota N° DGCP-DS-DJ-313-2022 de fecha 18 de marzo de 2022 / Acto Público N°2016-0-09-0-15-LV-004595.

Equilibrio Contractual