Rechazo de Propuesta Compensación de gastos

Del artículo 136 del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020, se desprende claramente, el lapso de tiempo en el que los adjudicatarios rechazados podrán presentar ante la entidad licitante, la solicitud de compensación por los gastos en que hayan incurrido para la conformación de su propuesta, cuando la entidad licitante ejerza la facultad extraordinaria de rechazo de propuestas, el cual será de cinco (5) días hábiles una vez se encuentre ejecutoriada la resolución de rechazo, tal cual es el caso que nos ocupa. De igual forma, la norma transcrita establece el término máximo de diez (10) días hábiles, para que la entidad evalúe y brinde respuesta a dicha solicitud.

Municipio de David/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1303-2024 de fecha 13 de septiembre de 2024/ Acto público No.2023-5-30-0-04-LP-003718.

Rechazo de propuesta

Compensación de gastos por rechazo de propuesta

Del artículo 136 del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 2006, que regula la contratación pública, se desprende claramente, el lapso de tiempo en el que los adjudicatarios rechazados podrán presentar ante la entidad licitante, la solicitud de compensación por los gastos en que hayan incurrido para la conformación de su propuesta, cuando la entidad licitante ejerza la facultad extraordinaria de rechazo de propuestas, el cual será de cinco (5) días hábiles una vez se encuentre ejecutoriada la resolución de rechazo, tal cual es el caso que nos ocupa.

Alcaldía del distrito de David/ Nota No.DGCP-DS-DJ-987-2024 de fecha 8 de agosto de 2024/ Acto Público No.2022-5-30-0-04-LP-003514.

Compensación por rechazo de propuesta

Principio de responsabilidad e inhabilidades de los servidores públicos. Términos que establece la Ley

Del numeral 6 del artículo 28 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende la obligación de los servidores públicos que intervienen en los procedimientos de selección de contratista, de cumplir con los términos que establece la Ley 22 de 2006, para el cabal desarrollo de todas y cada una de las etapas que los componen.

Alcaldía del distrito de David/ Nota No. DGCP-DS-DJ-987-2024 de fecha 8 de agosto de 2024/ Acto Público No.2022-5-30-0-04-LP-003514.

Compensación por rechazo de propuesta

Compensación de gastos por rechazo de propuesta Evaluar y Resolver

El artículo 136 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 2006, que regula la contratación pública, señala que la documentación correspondiente que sustente la solicitud de compensación por los gastos incurridos, deberá ser evaluada por la entidad y resuelta en un plazo máximo de diez días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud.

Alcaldía del distrito de David/ Nota No. DGCP-DS-DJ-987-2024 de fecha 8 de agosto de 2024/ Acto Público No.2022-5-30-0-04-LP-003514.

Compensación por rechazo de propuesta

Rechazo de Plano de Propuesta

DGCP-DF-2023-219

No en vano el legislador ha dispuesto tres causales taxativas que dan lugar al rechazo de plano de una propuesta, bajo el entendimiento que esta figura despoja al participante de la condición de proponente, así como de todos los derechos y prerrogativas que ello conlleva dentro del proceso de selección de contratista.

METRO DE PANAMÁ, S.A. / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Rechazo de Plano de Propuesta

DGCP-DF-2023-218

Las consecuencias de la desatención de un precepto legal y de las exigencias del pliego de cargos aplicables a una garantía precontractual (fianza de propuesta) en cuanto a la vigencia requerida, no pueden supeditarse al ejercicio potestativo de la facultad del proponente en cuanto a solicitar o no la devolución de la fianza de propuesta correspondiente. En este sentido, considera esta Dirección que el rechazo de plano de una propuesta no habilita al ofertante para presentar acción de reclamo antes de que la entidad licitante adopte una decisión sobre el acto público, sea adjudicándolo o declarándolo desierto, ni para ejercer cualquier acción inherente a la condición legal de proponente contra la adjudicación de la licitación. 

METRO DE PANAMÁ, S.A. / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución