Anulación de Informes

DGCP-DF-2024-019

Los Comisionados no están facultados para solicitarle a la Entidad Licitante que se realice un nuevo informe en donde se verifiquen o evalúen nuevamente las propuestas, ya que esta facultad compete exclusivamente al representante legal de la Entidad como también a la Dirección General de Contrataciones Públicas y al Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, cuando estos últimos declaren que alguna actuación dentro de dicho informe se hizo en contravención a la Ley o al Pliego de Cargos.

ÓRGANO JUDICIAL/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Publicación de Documentación Plataforma "PanamaCompra"

DGCP-DF-2023-275

El Artículo 156 de la Ley de Contrataciones Públicas, dispone que: “Todas las resoluciones, demás actos administrativos y comunicaciones que emitan las entidades contratantes dentro del proceso de selección de contratista y en la ejecución del contrato, así como las que dicte el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, se publicarán en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Multa a los Servidores Públicos Competencia

Del artículo 18 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se colige cual es la competencia que tiene esta Dirección para imponer multas a los servidores públicos y que la competencia para establecer multas contra los funcionarios públicos que no acaten las decisiones del Tribunal, son competencia exclusiva del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas.

EJ Legal Group/ Nota N°DGCP-DJ-137-2023 de fecha 15 de mayo de 2023/ Acto público N°2021-1-90-0-08-LP-064236.

Competencia para Multar a los Servidores Públicos.

Multa a los Servidores Públicos

Del artículo 18 del Texto Único de la ley de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se colige cual es la competencia que tiene esta Dirección para imponer multas a los servidores públicos y que la competencia para establecer multas contra los funcionarios públicos que no acaten las decisiones del Tribunal, son competencia exclusiva del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas.

EJ Legal Group/ Nota N°DGCP-DJ-138-2023 de fecha 16 de mayo de 2023 2022-1-10-0-04-CM-457422.

Multa a los Servidores Públicos.

Multas a los Servidores Públicos Competencia

Del artículo 18 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se colige cual es la competencia que tiene la Dirección General de Contrataciones Públicas para imponer multas a los servidores públicas y que la competencia para establecer multas contra los funcionarios públicos que no acaten las decisiones del Tribunal, son competencia exclusiva del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas.

EJ Legal Group/ Nota N°DGCP-DJ-112-2023 de fecha 27 de abril de 2023/ Acto público N°2022-2-66-0-09-CM-020105.

Competencia para aplicar Multas a los Servidores Públicos.

Recurso de Impugnación

El recurso de impugnación, es interpuesto por cualquier proponente en el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, este recurso es utilizado cuando un proponente se considere agraviado por una resolución de adjudicación, deserción o rechazo de propuestas, o cualquier acto que afecte la selección objetiva del contratista, en el cual se han cometido acciones u omisiones ilegales o arbitrarias, y su procedimiento se encuentra regulado en el artículo 158 de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020.

GALIALI PINZÓN, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-128-2022 de fecha 20 de julio de 2022.

Recurso de Impugnación.

Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas Recurso de Apelación

El numeral 55 del artículo 2 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, señala taxativamente que el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas conocerá en única instancia del recurso de apelación contra la resolución administrativa que dicte la entidad en la que se multa por retraso en la entrega al contratista.

EJ Legal Group/ Nota N°DGCP-DJ-114-2023 de fecha 27 de abril de 2023.

Multa por Retraso de Entrega