Subsanación de Documentos

DGCP-DF-2023-030

En ningún caso se podrán subsanar documentos que no hubiesen presentado con la propuesta.

Ministerio de Salud / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Subsanación de Documentos

DGCP-DF-2023-028

Solo se podrán subsanar documentos presentados con la propuesta, entendiendo por subsanación la corrección de estos.

Ministerio de Salud / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Propuesta Electrónica Responsabilidad Solidaria

DGCP-DF-2023-027

El uso de las herramientas del sistema y las contraseñas, genera una responsabilidad solidaria entre el representante legal del proponente y las personas autorizadas. 

METRO DE PANAMÁ, S.A. / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Ingreso de Propuestas Presentación Electrónica de Propuestas

DGCP-DF-2023-026

La forma en que está estructurado el Proceso de Selección de Contratista, a través de las diversas fases que lo componen y que se desarrollan electrónica, ordenada y secuencialmente a través del Sistema de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, el ingreso y presentación de propuestas por medios electrónicos, constituye un acto que exige cuidado y prudencia por parte de los proponentes.

METRO DE PANAMÁ, S.A. / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Ente Gestor del Acto Público

DGCP-DF-2023-024

La Dirección General de Contrataciones Públicas reconoce la facultad que le asiste a la Entidad Licitante para determinar el contenido del Pliego de Cargos, siendo responsable por sus actuaciones, al ser el ente gestor del Acto Público y para lo cual posee autonomía al momento de confeccionar el Pliego de Cargos de acuerdo a las necesidades particulares; no obstante, debemos señalar que esta autonomía no es absoluta, sino que posee limitantes y está condicionada al cumplimiento de las formalidades y exigencias.

Caja de Seguro Social / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Subasta de Bienes Públicos Concepto

DGCP-DF-2023-018

La modalidad denominada “Subasta de bienes públicos”, es el Procedimiento de Selección de Contratista que puede utilizar el Estado para disponer de sus bienes, independientemente de la cuantía de estos. En este sentido, la venta o el arrendamiento de los bienes muebles e inmuebles del Estado podrá realizarse mediante subasta pública y podrá ser realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas, en el caso de los bienes muebles e inmuebles de la nación, por las entidades autónomas y semiautónomas y por aquellas entidades que tengan patrimonio propio, en caso de bienes de su propiedad.

Superintendencia de Bancos / Subasta de Bienes Públicos modalidad de Procedimiento de Selección de Contratista que puede utilizar el Estado para disponer de sus bienes, independientemente de la cuantía de estos.

Resolución

Consorcios Presentación de Documentos

DGCP-DF-2023-022

Es Criterio de la Dirección General de Contrataciones Públicas que los consorcios que participen en un Procedimiento de Selección de Contratista, a través de su representante legal deberán presentar el Pacto de Integridad así como la Carta de Adhesión a los Principios de Sostenibilidad.

Municipio de Omar Torrijos Herrera / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Dirección General de Contrataciones Públicas Facultades

DGCP-DF-2023-021

La Dirección General de Contrataciones Públicas es el ente rector y fiscalizador de los procedimientos de contratación pública, con facultades destinadas a la adecuada implementación y aplicación de los preceptos legales contenidos en el Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Municipio Omar Torrijos Herrera/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Condiciones Especiales Carta de Compromiso Verde

DGCP-DF-2023-020

En lo que respecta a la Carta de Compromiso Verde, esta Dirección es del criterio que corresponde al consorcio, en su condición legal de proponente, emitir el referido documento ya que este recoge el compromiso del futuro contratista, de desempeñar y ejecutar a cabalidad la obra, cumpliendo con las leyes, decretos y normas de la República de Panamá, así como los acuerdos o convenios de cooperación, asistencia o ayuda internacional de los cuales el Estado sea parte en materia de protección al medio ambiente en general, cultura ambiental, recursos hídricos, áreas protegidas y biodiversidad, cambio climático, protección forestal, mecanismos sustentables de agua, energía, la no contaminación ambiental y la protección de costas y mares.

La Ley de Contrataciones Públicas reconoce la calidad de proponentes, a las personas naturales y jurídicas, así como a los consorcios o asociaciones accidentales, aun cuando carecen de personalidad jurídica. Si bien se trata de requisitos comunes, resulta preciso puntualizar que se trata de exigencias relativas al proponente en sí y su desempeño futuro durante la contratación.

Municipio Omar Torrijos Herrera / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Discrepancias

DGCP-DF-2023-019

La selección y verificación objetiva del Acto Público que nos ocupa debe realizarse de acuerdo al Pliego de Cargos Electrónico, siendo que el Artículo 60 del Decreto Ejecutivo N° 439 de 10 de septiembre de 2020, relativo a las Discrepancias, determina que cuando existan discrepancias entre las estipulaciones elaboradas por la entidad en la plantilla electrónica y las elaboradas en documentos adjuntos, prevalecerán las elaboradas en la plantilla electrónica del pliego de cargos. Los servidores públicos involucrados en el proceso de contratación deberán tomar las medidas pertinentes a fin de corregir estas discrepancias, antes de la presentación de las propuestas.

Autoridad Nacional de Ambiente/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución