Pacto de Integridad

DGCP-DF-2023-301

La expresión de una fecha errada en el pacto de integridad no afecta su validez, toda vez que el mismo presenta todos los elementos esenciales para acreditar el compromiso del proponente con la transparencia, las políticas anticorrupción, la integrad y la ética en la contratación, aunado al hecho que este documento legal se formaliza con la rúbrica de las partes (representante del contratista y de la entidad licitante), luego de adjudicado el Acto Público.

DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PUBLICAS/ Licitación por Convenio Marco procedimiento utilizado cuando se seleccionará uno o más proponentes, con los cuales se firmará un contrato llamado Convenio Marco, y se establecerán precio y condiciones determinados para bienes y servicios.

Resolución

Miembros de la Comisión Dictámenes

DGCP-DF-2023-300

La Dirección General de Contrataciones Públicas tiene a bien reiterar la relevancia que presenta la autonomía de los miembros de la Comisión al momento de emitir sus dictámenes, ya sea en su Informe original o en los posteriores, siendo admisible que rectifiquen el criterio que hayan adoptado con anterioridad, siempre y cuando exista una orden o mandamiento emitido por la DGCP , la Entidad Licitante o el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas.

DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS/ Licitación por Convenio Marco procedimiento utilizado cuando se seleccionará uno o más proponentes, con los cuales se firmará un contrato llamado Convenio Marco, y se establecerán precio y condiciones determinados para bienes y servicios.

Resolución

Compra Dinámica Licitación por Convenio Marco

DGCP-DF-2023-298

La Dirección tiene a bien señalar que la modalidad de contratación denominada “compra dinámica” en la tienda virtual, es permitida por la Ley en aquellos casos que las entidades públicas requieran adquirir un número determinado de productos o servicios para cada convenio marco.

DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES PUBLICAS/ Licitación por Convenio Marco procedimiento utilizado cuando se seleccionará uno o más proponentes, con los cuales se firmará un contrato llamado Convenio Marco, y se establecerán precio y condiciones determinados para bienes y servicios.

Resolución

Subsanación de documentos

DGCP-DF-2023-297

El artículo 55 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece con claridad que solo se podrán subsanar documentos presentados con la propuesta, entendiendo por subsanación la corrección de estos, siempre que no se trate de documentos ponderables.

MINISTERIO DE CULTURA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos

DGCP-DF-2023-295

Se hace necesario que, del Pliego de Cargos se deduzca ciertamente la oportunidad de los Proponentes en poder ofrecer productos de características equivalentes o similares.

LOTERIA NACIONAL DE BENEFICENCIA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Estudio de Mercado Objetivo

DGCP-DF-2023-294

Uno de los objetivos principales de los estudios de mercado es recopilar información para determinar el precio del mercado de los bienes y servicios que se planea adquirir. Con este estudio de mercado se busca eliminar la posibilidad de que se otorgue un contrato a un costo superior al precio de mercado.

CAJA DE SEGURO SOCIAL/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante

DGCP-DF-2023-293

Corresponde a la entidad licitante, en su condición de ente gestor del acto público y responsable del desarrollo del procedimiento de selección de contratista, garantizar el libre acceso de los proponentes al contenido de las propuestas presentadas de forma electrónica, para así dar cumplimiento a los referidos principios rectores de las Contrataciones Públicas.

EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A. (ETESA)./ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

                                                                 Resolución

Acto Público Particularidades

DGCP-DF-2023-292

La Dirección General de Contrataciones Públicas considera prudente señalar que, cada Acto Público tiene sus particularidades especiales; en este sentido,  ha mantenido una conducta de abstenerse de emitir concepto sobre Actos Públicos pasados y bajo ningún concepto, realizará la valoración de documentos que reposan en las propuestas de dichos actos, siendo que estos como se ha dicho se componente de condiciones distintas y comisiones autónomas en sus decisiones.

EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A. (ETESA)./ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

            Resolución

Fase de Verificación

DGCP-DF-2023-292

El Proponente que con su propuesta logre pasar la fase de verificación del cumplimiento de requisitos obligatorios, en la Licitación por Mejor Valor, será motivo de evaluación en la siguiente fase en la cual se le asignará puntos acorde a cada Criterio (Administrativo, Financiero y Técnico).

EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A. ( ETESA )./ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Características Financieras

DGCP-DF-2023-291

Es potestad de la Entidad Licitante establecer los rangos de liquidez y de endeudamiento como parte de las características financieras que deberán cumplir, como requisitos a ser verificados por la respectiva Comisión.

EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A. ( ETESA )./ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución