Principio de Economía

La Dirección General de Contrataciones Públicas con fundamento en el principio de economía, establece que los trámites de contratación pública se adelantarán con austeridad de tiempo, medios y gastos a fin de evitar dilataciones y retardos en la ejecución del contrato.

Autoridad Marítima de Panamá/ Nota N°DGCP-DS-DJ-815-2021 de fecha 28 de junio de 2021/ Acto público N°2015-2-03-0-08-AV-004446.

Principio de Economía.

Principio de Economía

Los procesos de selección de contratista deben realizarse en estricto apego a la Ley de Contrataciones Públicas y los Principios que las rigen, como el de Economía que exige que “las normas de los procedimientos de selección de contratista se interpretarán de manera que no den ocasión a seguir trámites distintos y adicionales a los expresamente previstos, adicional a que los trámites se adelanten con austeridad de tiempo, medios y gastos.

EJ Legal Group/ Nota N°DGCP-DJ-113-2023 de fecha 27 de abril de 2023.

Principio de Economía.

Principios de la Contratación Pública Actuaciones de la Entidad Licitante

DGCP-DF-2023-173

Las actuaciones de los servidores públicos y la Entidad Licitante, deben ajustarse estrictamente a las etapas que prescribe la normativa en materia de Contrataciones Públicas, a fin de dar cumplimiento a los principios que la rigen, como son el Principio de Transparencia, Debido Proceso, Economía y Responsabilidad de los Servidores Públicos.

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Economía Austeridad de tiempo, medios y gastos en trámites

El Principio de Economía establece que los trámites de contratación pública se adelantarán con austeridad de tiempo, medios y gastos, a fin de evitar dilaciones y retardos en la ejecución del contrato, en tal sentido la liquidación de los contratos será obligatoria y se hará de mutuo acuerdo, dentro del plazo fijado en el pliego de cargos o términos de referencia, o dentro del plazo que acuerden las partes para tal efecto; tal cual lo establece el artículo 106 del Texto Único de la Ley 22 de 2006 ordenado por la Ley 153 de 2020.

Ministro de Desarrollo Agropecuario/ Nota N°DGCP-DS-DJ-365-2023 de fecha 14 de marzo de 2023.

Principio de Economía

 

Estructuración del Pliego de Cargos Principio de Economía

DGCP-DF-2023-101

El Principio de Economía aduce que se debe elaborar el Pliego de Cargos, asegurándose que su elaboración no se realice en forma inexacta, incompleta, ambigua o confusa.

MINISTERIO DE SALUD- INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN /Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Economía Trámites distintos y adicionales

Los procesos de selección de contratista deben realizarse en estricto apego a la Ley de Contrataciones Públicas y los Principios que las rigen, como el de Economía que exige que las normas de los procedimientos de selección de contratista se interpretarán de manera que no den ocasión a seguir trámites distintos y adicionales a los expresamente previstos, adicional a que los trámites se adelanten con austeridad de tiempo, medios y gastos.

EJ Legal Group/ Nota N°DGCP-DJ-114-2023 de fecha 27 de abril de 2023.

Notificación

 

Principio de Economía

El numeral 14 del artículo 27 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, recoge todo lo concerniente al Principio de Economía, que rige, entre otros principios, las actuaciones de quienes intervengan en las contrataciones públicas.

Municipio de Parita/ Nota N°DGCP-DS-DJ-663-2023 con fecha 28 de abril de 2023.

Principio de Economía.

Principio de Economía

El Artículo 27 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, señala que la entidad licitante ordenará la realización de los trámites omitidos o la corrección de los realizados en contravención al ordenamiento jurídico, de oficio o a petición de parte interesada; tal potestad recae exclusivamente en la propia entidad licitante, la cual deberá sanear el proceso de selección de contratista.

Consorcio SPIC-LCC/ Nota No.DGCP-DJ-037-2023 de 2 de febrero de 2023/ Acto Público No.2022-5-55-525-04-LP-002382.

Principio de Economía

Principio de Economía

El Principio de Economía que rige la Contratación Pública, indica que los trámites se adelantarán con austeridad de tiempo, medios y gastos, a fin de evitar dilaciones y retardos en la ejecución del contrato, por ello, las entidades licitantes deberán convocar a los miembros de la comisión en el menor tiempo posible luego que se haya cumplido la fase de subsanación de documentos.

Ministerio de Salud/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1112-2019 de fecha 30 de diciembre de 2019.

Instalación de las Comisiones

 

Principio de Economía Potestad Saneadora de la Entidad Licitante

En atención a la potestad saneadora que tienen las entidades licitantes, dispuesta por el Principio de Economía que rige la contratación pública, éstas ordenarán la realización de trámites omitidos o la corrección de los realizados en contravención al ordenamiento jurídico, de oficio o a petición de parte interesada, si no se hubiera interpuesto recurso por la vía gubernativa.

Escuela Bilingüe Berta A. López/ Nota NDGCP-DJ-203-2019 de fecha 18 de octubre de 2019/ Acto Público N°2019-0-07-01-01-CM-007927.

Principio de Economía