Reglas para modificaciones y adiciones

El artículo 91 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, determina claramente que se podrá revisar el precio unitario o el valor total del contrato, si las modificaciones alteran en un 25% o más las cantidades del renglón o el valor total o inicial del contrato, respectivamente. En ningún caso, la sumatoria de todas las modificaciones que se realicen a una contratación pública durante su vigencia podrán sobrepasar el 40% del monto total originalmente convenido.

Palacios, Vásquez y Asociados/ Nota N° DGCP-DS-DJ-958-2023 de fecha 31 de mayo de 2023.

Equilibrio Económico de Contrato

Contrato Modificaciones

El artículo 98 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece que cualquier modificación al Contrato deberá ajustarse a lo establecido en la normativa antes mencionada, a fin de cumplir con los principios y preceptos contenidos en el Texto Único de la Ley 22 de 2006, que regula la Contratación Pública, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Eléctrica del Oeste, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-210-2022 con fecha 12 de octubre de 2022/ Acto Público N°2018-0-03-0-99-LV-032209.

Modificaciones al Contrato.

Contraloría General de la República Modificación y Adiciones a los Contratos

La Contraloría General de la República tendrá la potestad de aprobación o desaprobación de los cambios y/o ajustes que se realicen a los contratos públicos, al momento de otorgar el refrendo a las adendas correspondientes.

Ministerio de Obras Públicas/ Nota N° DGCP-DS-DJ-313-2022 de fecha 18 de marzo de 2022 / Acto Público N°2016-0-09-0-15-LV-004595.

Modificaciones y Adiciones a los Contratos

Modificación y Adiciones a los Contratos

La entidad contratante tiene la potestad de poder llevar a cabo las modificaciones a los contratos públicos, cuando esto se estime necesario para garantizar la ejecución del contrato, incluyendo periodos de prestación de servicios, estando de acuerdo con el contratista respectivo y siempre respetando el debido proceso. Reiteramos la salvedad de que para cada caso en particular la entidad deberá hacer un análisis conjuntamente con su departamento jurídico, de la Ley aplicable al momento de la convocatoria de cada acto público que dio origen al contrato.

Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT)/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1626-2022 con fecha 29 de noviembre de 2022.

Modificación y Adiciones a los Contratos.

Modificaciones al Contrato Vigencia

Los contratos se entienden vigentes hasta tanto no se liquiden, por lo que, aún si se hubiera emitido un acta de aceptación final, el contrato es susceptible de ser modificado saneando aquellos aspectos que la entidad contratante estime necesarios o realizando los que hayan podido ser omitidos.

Palacios, Vásquez & Asociados/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1575-2022 con fecha 22 de noviembre de 2022.

Vigencia de los Contratos.

Sustentación de Modificación de Monto

En cuanto a los métodos a través de los cuales la parte interesada debe sustentar gastos adicionales o modificaciones de montos, la Ley 22 de 2006, no entra a definirlos, no obstante, la Dirección General de Contrataciones Públicas ya ha señalado en respuesta a consultas realizadas, que toda documentación que sustente ante la entidad contratante y el ente fiscalizador los montos, condiciones, forma de pago de gastos adicionales y reconocimiento de costos financieros si los hubiere debe ser considerada válida por la entidad, salvo que se existan indicios de falsedad de documentación o que la misma carezca de autenticidad.

Universidad de Panamá/ Nota N°DGCP-DS-DJ-350-2023 de fecha 10 de marzo de 2023.

Equilibrio económico 

Presentación de Facturas Equilibrio Económico de Contrato

La Dirección General de Contrataciones Públicas, ante consultas recibidas referentes a la utilización de facturas o los índices de Precios al Consumidor (IPC), para aducir equilibrio contractual, ha indicado que, si la presentación de facturas es un método que ha sido considerado como válido por entidades contratantes, no podría ser menos válido el utilizar como sustento información emitida por entidades oficiales como es el caso de la variación del IPC, índices publicados por la Contraloría General de la República.

Universidad de Panamá/ Nota N°DGCP-DS-DJ-350-2023 de fecha 10 de marzo de 2023.

Equilibrio económico 

 

Modificaciones al Contrato

Es deber de las partes contratantes al momento de perfeccionar adendas o modificaciones al contrato, evaluar todos los costos adicionales y pagos adicionales que estas modificaciones van a significar para el contratista y para la entidad contratante respectivamente.

Palacios, Vásquez & Asociados/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1575-2022 con fecha 22 de noviembre de 2022.

Modificaciones al Contrato.

Modificaciones a los contratos Métodos de Sustentación

El Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 no entra a definir los métodos a través de los cuales la parte interesada debe sustentar gastos adicionales o modificaciones de montos, no obstante, la Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que si la presentación de facturas es un método válido para la entidad contratante, no podría ser menos válido el utilizar como sustento, información emitida por entidades oficiales como es el caso de la variación del IPC (Índice de Precios al Consumidor), publicados por la Contraloría General de la República.

Palacios, Vásquez & Asociados/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1575-2022 con fecha 22 de noviembre de 2022

Facultad de la Entidad Licitante Modificaciones de los Contrato

La entidad licitante siempre tendrá la facultad de realizar las adendas o ajustes al contrato u orden de compra, según sea el caso, cuando así lo considere necesario respecto a condiciones tales como vigencia, formas de pago, entre otros, siempre que no se modifique la clase u objeto del contrato y respetando las demás reglas para modificaciones del contrato, según lo establecido en el Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Caja de Seguro Social/ Nota N°DGCP-DJ-023-2023 de fecha 25 de enero de 2023

Modificación del contrato