Equilibrio Económico de Contrato

En el Artículo 29 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, se puede apreciar la posibilidad que tienen las entidades contratantes junto con los contratistas, de poder suscribir los acuerdos y pactos que sean necesarios a fin de poder restablecer el equilibrio contractual, no obstante, dichos acuerdos o pactos deben formalizarse de la manera prevista en la modificación del contrato, es decir a través de una adenda.

Palacios, Vásquez y Asociados/ Nota N° DGCP-DS-DJ-958-2023 de fecha 31 de mayo de 2023.

Equilibrio Económico de Contrato

 

División de Materia

Del artículo 15 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020 que reglamenta la Ley 22 de 2006, se debe entender entonces que la división de materia se da cuando las entidades del Estado, con la intención de evadir un procedimiento establecido en la Ley, fraccionan las compras y realizan contratos con un mismo proveedor, por un mismo producto o servicio en un término menor a 3 meses en un mismo periodo fiscal, cuando sumadas las cuantías da lugar a un procedimiento de contratación distinta que conllevaba mayores requisitos, o bien si se realizan dos o más contrataciones mediante procedimiento excepcional por un mismo bien, servicio u obra en un mismo periodo fiscal, para no llegar al monto de aprobación de la autoridad que corresponda.

Ministerio de Salud / Nota N°DGCP-DJ-177-2023 de fecha 04 de julio de 2023.

División de Materia

Facultad de la Entidad Licitante Cancelar actos públicos

Del artículo 74 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende la facultad de las entidades contratantes para cancelar actos públicos, detallando a su vez que se realiza por medio de resolución debidamente motivada.

Ministerio de Educación/Nota N° DGCP-DJ-158-2023 de fecha 13 de junio de 2023.

Facultad de la Entidad Licitante

Pliego de Cargos Aviso de Operaciones

Referente al Aviso de Operaciones, queda claro que las actividades comerciales deben guardar relación con el objeto contractual y la entidad licitante por medio del pliego de cargos puede especificar si un proponente debe contar con un tiempo determinado desde el inicio de sus operaciones.

Ministerio de Educación/ Nota N° DGCP-DJ-158-2023 de fecha 13 de junio de 2023.

Aviso de operaciones

Principio de Economía Austeridad de tiempo, medios y gastos en trámites

El Principio de Economía establece que los trámites de contratación pública se adelantarán con austeridad de tiempo, medios y gastos, a fin de evitar dilaciones y retardos en la ejecución del contrato, en tal sentido la liquidación de los contratos será obligatoria y se hará de mutuo acuerdo, dentro del plazo fijado en el pliego de cargos o términos de referencia, o dentro del plazo que acuerden las partes para tal efecto; tal cual lo establece el artículo 106 del Texto Único de la Ley 22 de 2006 ordenado por la Ley 153 de 2020.

Ministro de Desarrollo Agropecuario/ Nota N°DGCP-DS-DJ-365-2023 de fecha 14 de marzo de 2023.

Principio de Economía

 

Advertencia Servidores Públicos

El artículo 35 del Decreto Ejecutivo No.439 de 2020, debidamente modificado por el Decreto Ejecutivo No. 34 de 2022, señala taxativamente que se hará una advertencia al servidor público por parte de la Dirección General de Contrataciones Públicas, sin imponer multa la primera vez, si se demuestra algún tipo de las conductas descritas en el artículo 18 del Texto Único de la Ley 22 de 2006 ordenado por la Ley 153 de 2020.

EJ Legal Group./ Nota N° DGCP-DS-DJ-107-2023 de fecha 20 de abril de 2023/ Acto Público N°2022-1-08-0-08-CM-033174.

 Multa a los Servidores Públicos

Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas Recurso de Apelación

El numeral 55 del artículo 2 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, señala taxativamente que el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas conocerá en única instancia del recurso de apelación contra la resolución administrativa que dicte la entidad en la que se multa por retraso en la entrega al contratista.

EJ Legal Group/ Nota N°DGCP-DJ-114-2023 de fecha 27 de abril de 2023.

Multa por Retraso de Entrega

 

 

Notificación Proceso de selección de contratista y en la ejecución del contrato

Todas las resoluciones, demás actos administrativos y comunicaciones que emitan las entidades contratantes dentro del proceso de selección de contratista y en la ejecución del contrato, así como las que dicte el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, se publicarán en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, tal cual lo establece el artículo 156 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, y se consideraran notificadas transcurridos dos días hábiles, después de que la entidad contratante la haya publicado en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

EJ Legal Group/ Nota N°DGCP-DJ-114-2023 de fecha 27 de abril de 2023.

Notificación

Principio de Economía Trámites distintos y adicionales

Los procesos de selección de contratista deben realizarse en estricto apego a la Ley de Contrataciones Públicas y los Principios que las rigen, como el de Economía que exige que las normas de los procedimientos de selección de contratista se interpretarán de manera que no den ocasión a seguir trámites distintos y adicionales a los expresamente previstos, adicional a que los trámites se adelanten con austeridad de tiempo, medios y gastos.

EJ Legal Group/ Nota N°DGCP-DJ-114-2023 de fecha 27 de abril de 2023.

Notificación

 

Facultad de la Entidad Multa por retraso en la entrega.

El artículo 133 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, otorga a las entidades contratantes la facultad de aplicar una multa a los contratistas por retraso en la entrega y que la multa que se impondrá será entre el 1 % y el 4 % dividido entre treinta por retraso en la entrega por cada día calendario de atraso del valor equivalente a la porción dejada de entregar o ejecutar por el contratista., por lo cual se desprende la facultad inherente que tienen las entidades para imponer multa por retraso en la entrega.

EJ Legal Group/ Nota N°DGCP-DJ-114-2023 de fecha 27 de abril de 2023.

Multa por retraso de entrega