Multas a Servidores Públicos

DGCP-DF-2023-172

La imposición de multas a servidores públicos es una sanción que se impone, luego de iniciado y sustanciado el proceso administrativo sancionatorio, conforme lo establecen los Artículos 32 y siguientes del Decreto Ejecutivo 439 de 2020, ya sea de oficio o a petición de parte interesada.

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Consorcio Requisitos Mínimos Obligatorios

DGCP-DF-2023-171

En los casos en que los proponentes participen utilizando la figura jurídica de consorcio o asociación accidental, las empresas que lo conforman deberán aportar todos los requisitos obligatorios comunes establecidos en la plantilla electrónica del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”; sin embargo, para el cumplimiento de los demás requisitos, cualquiera de las empresas que conforman el consorcio o asociación accidental podrá aportar estos documentos, sin que esto conlleve la descalificación del proponente.

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIRIQUÍ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Rechazo de Plano de Propuesta Causas

DGCP-DF-2023-170

En la fase pre-contractual, puede la Entidad Licitante rechazar de plano las propuestas sólo en los supuestos que contempla el numeral 5 del Artículo 58 del Texto Único Ley N° 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley N° 153 de 2020, es decir, por la falta de presentación de Fianza de Propuesta o por establecer monto o vigencia inferior al establecido en el Pliego de Cargos, en este sentido la disposición es clara y no admite otro supuesto para el rechazo de las propuestas.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Traducción Oficial Traductor o Intérprete en la República de Panamá

DGCP-DF-2023-169

El Artículo 25 del Decreto Ejecutivo N° 975 de 15 de diciembre de 2017 que subroga el Decreto Ejecutivo N°472 de 11 de junio de 2014, establece que las instituciones públicas requerirán la traducción oficial de todo documento emitido en un idioma que no sea español, con miras a producir efectos legales en nuestro país, por parte de quienes detenten la Licencia que reconoce el ejercicio de la profesión como Traductor o Intérprete en la República de Panamá.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Presentación de la Propuesta Idioma Español

DGCP-DF-2023-168

El Artículo 77 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020 exige que la propuesta sea presentada en idioma español o que sea traducida a este idioma y establece una excepción al establecer que “cuando el pliego de cargos solicite que se aporten catálogos o folletos explicativos para la verificación de las especificaciones técnicas, y se encuentren en un idioma distinto al español, bastará traducir las páginas directamente relacionadas con el producto ofertado”.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Concepto

DGCP-DF-2023-167

El Pliego de Cargos es el conjunto de requisitos exigidos unilateralmente por la entidad licitante en los procedimientos de selección de contratista para el suministro de bienes, la prestación de servicios o la ejecución de obras públicas, incluyendo los términos y las condiciones del contrato que va a celebrarse, los derechos y las obligaciones del contratista y el procedimiento que se va a seguir en la formalización y ejecución del contrato.

MINISTERIO DE SALUD/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Firma Electrónica

DGCP-DF-2023-166

En los procedimientos de selección de contratista, en el procedimiento excepcional y en el procedimiento especial de contratación, así como en la etapa contractual, los proponentes o contratistas podrán presentar la documentación requerida, haciendo uso de la firma electrónica calificada, siempre que la misma sea emitida por el Registro Público de Panamá o por un prestador de servicios de certificación de firmas electrónicas. La documentación así presentada producirá los mismos efectos que tienen los documentos originales, y no necesitará autenticación ante notario.

MUNICIPIO DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Firmas Electrónicas Calificadas

DGCP-DF-2023-165

Toda documentación que deba ser presentada por los particulares dentro de los procesos de selección y contratación pública, establecidos en la Ley de Contrataciones Públicas, podrá ser presentada utilizando medios electrónicos respaldados por firmas electrónicas calificadas.

MUNICIPIO DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Firma Electrónica

DGCP-DF-2023-164

En todos los procesos de contratación regulados por la Ley de Contrataciones Públicas, el Estado podrá hacer uso de firmas electrónicas calificadas en su ámbito interno y en su relación con los particulares. De igual manera, los particulares que realicen contrataciones con el Estado podrán hacerlo utilizando firmas electrónicas calificadas emitidas por un prestador de servicios de certificación de firmas electrónicas o por el Registro Público de Panamá como prestador de servicios de certificación.

MUNICIPIO DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Desglose de Precio Corrección de Formulario de Desglose de Precios

DGCP-DF-2023-163

El Articulo 84 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020 permite corregir el formulario de desglose de precios, en caso que existan errores aritméticos, siempre que no se distorsione el precio total ofertado por renglón, si la adjudicación es por renglón, o el precio global, cuando la adjudicación sea global. Cuando el precio total u objeto se distorsione, la propuesta no podrá ser considerada para efecto de la adjudicación.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución