Recientes

División de Materia Presunción

Las entidades deberán tomar las medidas pertinentes a fin de evitar la realización de compras de un mismo bien, servicio u obra, a un mismo proveedor en un período de tiempo de tres meses, durante el mismo período fiscal, toda vez que, de coincidir estos elementos, pudiera presumirse que existe división de materia.

Hospital Aquilino Tejeira/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1347-2023 de fecha 26 de julio de 2023.

División de Materia

Modificación Informe de Comisión Verificadora o Evaluadora

De artículo 69 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se extrae que el informe de la comisión no puede ser modificado, salvo que el mismo se hubiese emitido en contravención de lo dispuesto en la Ley o el pliego de cargos, lo cual solo puede ser ordenado ya sea por el representante legal de la entidad, la Dirección General de Contrataciones Públicas o el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, a través de una resolución debidamente motivada.

Hospital Regional de Azuero Anita Moreno/ Nota N° DGCP-DJ-224-2023 de fecha 22 de agosto de 2023/ Acto Público N°2023-0-12-012-07-LP-004438.

 Modificación al Informe de Comisión 

División de Materia

El artículo 36 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 y el artículo 15 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020 desarrollan la figura de la división de materia, que no es más que la intención de la entidad de dividir el objeto o materia de la contratación en partes, de modo tal que la cuantía no alcance la establecida para la realización del procedimiento de selección de contratista que corresponda y/o evadir las autorizaciones respectivas.

Hospital Aquilino Tejeira/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1347-2023 de fecha 26 de julio de 2023.

División de Materia

Solicitud de Cotización en Áreas Rurales

Del artículo 93 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020, se colige que, en aquellas zonas que no cuenten con acceso a internet, la solicitud de cotizaciones podrá realizarse por cualquier otro medio tecnológico o de comunicación: no obstante, se deberá acreditar previamente, mediante una certificación de la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental que indique que la entidad en dicha zona no cuenta con el servicio de internet.
Ministerio de Salud/ Nota N°DGCP-DJ-205-2023 de fecha 27 de julio de 2023.

Procedimiento para contrataciones menores

El artículo 87 del Decreto Ejecutivo No.439 de 2020, establece el procedimiento a seguir para las contrataciones menores, de acuerdo al monto a contratar, y el mismo deberá aplicarse de igual forma, al momento de realizar las respectivas contrataciones.

Ministerio de Salud/ Nota N°DGCP-DJ-205-2023 de fecha 27 de julio de 2023.

Contrataciones menores

Competencia Revisión Administrativa de Ejecución

El artículo 19 del Decreto Ejecutivo N° 439 del 10 de septiembre de 2020 que reglamenta la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, estipula que no es competencia de la Dirección General de Contrataciones Públicas realizar una revisión administrativa de la forma como se llevó a cabo la ejecución de los servicios contratados por la entidad, de forma posterior a la finalización de la etapa precontractual y pronunciarse sobre la viabilidad o no de que la entidad ejecute las acciones que considere necesarias para llevar a cabo la resolución administrativa de la orden de compra de manera parcial por el incumplimiento del contratista en la ejecución de los servicios amparados en la misma.

Agencia Panamá Pacífico/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1456-2023 de fecha 10 de agosto de 2023.

Competencia

Contrato u Orden de Compra

De los numerales 18 y 34 del artículo 2 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, podemos colegir que, la naturaleza jurídica tanto para un contrato, como para la orden de compra, tienen la misma finalidad en materia de contratación pública, la de formalizar la relación contractual generando derechos y obligaciones para ambas partes conforme a derecho, teniendo la orden de compra como limitante y/o diferencia únicamente, que puede ser utilizada de forma eventual siempre que el monto no exceda de doscientos cincuenta mil balboas (B/.250 000.00).

Agencia Panamá Pacífico/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1456-2023 de fecha 10 de agosto de 2023.

Contrato u orden de Compra

 

Resolución Administrativa del Contrato

El artículo 136 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece las causales de la resolución administrativa del contrato, entre las cuales destaca el incumplimiento de las cláusulas pactadas y atendiendo los parámetros establecidos en el artículo 140 de la citada excerta legal para la aplicación de las correspondiente multa por incumplimiento, las cuales se establecen en un rango de 1% al 10% de conformidad a como también se señala en el artículo 210 del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020 que reglamenta la Ley de contrataciones públicas.

Agencia Panamá Pacífico/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1456-2023 de fecha 10 de agosto de 2023.

Resolución Administrativa de Contrato

Incapacidad Legal para Contratar

El artículo 24, numeral 11 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, indica que la incapacidad legal para contratar es un requisito que se debe presentar en los procedimientos de selección de contratistas, con el propósito de que el proponente declare si está en capacidad de contratar con el Estado, siempre que no se encuentren dentro de las situaciones mencionadas en el artículo 24 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, que imposibiliten su contratación.

Agencia Panamá Pacífico/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1481-2023 de fecha 11 de agosto de 2023/ Acto Público N°2023-2-97-0-15-CM-003681.

Incapacidad Legal

Incapacidad legal para contratar

El artículo 8 del Decreto Ejecutivo N°439 de 2020, conforme fuera modificado por el Decreto Ejecutivo N°34 de 2022, establece que toda declaración presentada a través del portal, que no revista un carácter verídico, será considerada para todos los efectos legales como falsedad de la información de acuerdo a la Ley.

Agencia Panamá Pacífico/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1481-2023 de fecha 11 de agosto de 2023/ Acto Público N°2023-2-97-0-15-CM-003681.

Incapacidad Legal para contratar