Acto Público Exceso de Formalismos

DGCP-DF-2023-263

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que en los procedimientos de selección de contratistas, las entidades deben hacer prevalecer el cumplimiento de la finalidad del Acto Público, evitando exceso de formalismos que pudiesen entorpecer su desarrollo y continuidad, lo establece el Artículo 29 del Texto Único de la Ley de Contrataciones Públicas. 

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Funcionalidades del Sistema Electrónico “PanamaCompra” Adendas

DGCP-DF-2023-271

La Dirección General de Contrataciones Públicas reiteradamente ha manifestado a las Entidades Licitantes, utilizar las funcionalidades del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra” al momento de emitir adendas, las cuales deben ser generadas electrónicamente y reflejarse en la Sección de “Documentos del Acto Público”, para que estas modifiquen la plantilla electrónica y surtan efectos jurídicos dentro del Acto Público.

MUNICIPIO DE SAN MIGUELITO/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Publicación de Consultas

DGCP-DF-2023-270

Las consultas a la entidad no publicadas en el expediente electrónico del acto público, vulnera los principios de publicidad y transparencia que rigen las contrataciones públicas.

MINISTERIO DE EDUCACION/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Manejo del Acto Público

DGCP-DF-2023-125

Es responsabilidad de la Entidad Licitante el manejo y la dirección del Acto Público en todas sus fases, desde la identificación de la necesidad de suplir los bienes, el desarrollo del Procedimiento de Selección de Contratista hasta el manejo y gestión del contrato.

Ministerio de Seguridad Pública / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Responsabilidad

DGCP-DF-2023-229

Es responsabilidad de la Entidad Licitante que se desarrolle el Acto Público bajo los preceptos procedimentales que correspondan, esta debe hacer valer de forma debida y consecuente el procedimiento de selección de contratistas que corresponda mediante las diligencias de instrucción a los miembros de las respectivas Comisiones, dando así certeza y seguridad procesal sobre el método utilizado en la verificación o evaluación de las Propuestas presentadas por quienes se constituyan en Proponentes en dichos Actos Públicos.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Retiro, modificación o sustitución de una Propuesta

DGCP-DF-2023-255

Debe realizarse antes de la celebración del acto público, entendiendo que este se realiza en la fecha y hora establecida en el plantilla electrónica (aviso de convocatoria del acto público) y no en la fecha en que se genere o publique el acta de apertura.

CAJA DE SEGURO SOCIAL/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Retiro o Modificación de las Propuestas

DGCP-DF-2023-136

Las propuestas no podrán ser retiradas, sustituidas ni modificadas después de celebrado el acto público. Sin embargo, antes de su celebración, los proponentes podrán retirar las propuestas, sustituirlas o modificarlas, cuando lo consideren necesario.

Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá./Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Visita al Sitio

DGCP-DF-2023-107

La Dirección General de Contrataciones Públicas reconoce la importancia y trascendencia que tiene para los proponentes (futuros contratistas), asistir a la visita previa al sitio en que se desarrollará la obra objeto del Acto Público, toda vez que esto facilita la elaboración de las propuestas y permite conocer más ampliamente los alcances de la obra; sin embargo, no es obligación de la Entidad Licitante programar dicha visita, al no ser una fase o etapa obligatoria dentro del Proceso de Selección de Contratista.

Autoridad Aeronáutica Civil / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Presentación de Propuestas

El artículo 55 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece taxativamente en su último párrafo que: “A partir del 1 de enero de 2021, todas las propuestas deberán ser presentadas electrónicamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”; por lo tanto, las entidades licitantes deberán abstenerse de solicitar documentación por ventanilla el día del acto público.

Caja de Seguro Social, Chiriquí/ Nota N°DGCP-DJ-120-2022 con fecha 12 de julio de 2022.

Presentación de Propuestas.

Aviso de Operaciones Requisitos Obligatorios

DGCP-DF-2023-158

El Aviso de Operaciones no tiene que indicar taxativamente lo que expresa el objeto del Acto Público o las especificaciones técnicas, basta con que las actividades allí descritas estén claramente relacionadas con lo que busca la Entidad.

MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución